Olmedo López y Sneyder Pinilla destituidos e inhabilitados por la Procuraduría
La Procuraduría General de la Nación en un fallo, de primera instancia, dictaminó la destitución e inhabilidad de Olmedo López por un lapso de 18 años y de 20 años para Sneyder Pinilla. La sanción se dio por cuenta de las irregularidades detectadas en la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) entidad que dirigía Olmedo de Jesús López Martínez y de la cual, Sneyder Augusto Pinilla Álvarez, fue exsubdirector de Manejo de Desastres, ambos acusados de corrupción basados en los sobrecostos en el proceso de adquisición de 40 carrotanques que serían destinados para el abastecimiento de agua potable en el departamento de La Guajira. La delegada Disciplinaria de Juzgamiento 1, indicó que fue probado que “los entonces funcionarios participaron en la actividad contractual en detrimento del patrimonio público, al adquirir los vehículos pagando sobrecostos que superaron los $16.000 millones, que equivalieron a más del 54% con respecto a los precios reales del mercado y de más de $412 millones por cada uno de los carrotanques”. Al referirse a la participación de Olmedo López, en este famoso entramado, el Ministerio Público indicó “al suscribir la ratificación de la orden de proveeduría, estructurada y elaborada por Pinilla, y autorizar el pago de recursos al contratista, con lo que se afectó el patrimonio público”. Mientras que al referirse a Sneyder Pinilla, se ratificó su participación en la gestión del negocio jurídico para la compra de los vehículos y aseguraron que “omitió el hecho de que las tres cotizaciones recibidas superaban ampliamente el precio real del mercado y avaló el pago de los valores sin tener en cuenta los evidentes sobrecostos”. Asimismo, el Ministerio de Público dictaminó que Pinilla recibió a satisfacción los 40 vehículos adquiridos “sin que el contratista ejecutara a cabalidad el bilateral”, considerando que los carrotanques “no fueron utilizados para los fines previstos, esto es la respuesta humanitaria declarada mediante el Decreto 2113 de 2022, con el propósito de abastecer de agua a la comunidad de La Guajira”.
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