abril 17, 2026

JEP

Gobernación del Meta conmemora la memoria de las Victimas de las ejecuciones extrajudiciales.

La Gobernación del Meta, en articulación con la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), llevó a cabo este jueves 6 de noviembre un acto colectivo y público de memoria y solicitud de perdón, en el marco del proceso de reparación simbólica del departamento del Meta. Durante el evento, 107 comparecientes, que integraron siete unidades militares, expresaron públicamente a las víctimas y a la ciudadanía su solicitud de perdón y manifestaron el reconocimiento de responsabilidad por el asesinato de 58 personas presentadas falsamente como bajas en combate en el Meta. Este acto representa un gesto de dignificación, arrepentimiento y compromiso con la verdad, tanto ante las víctimas como ante la sociedad colombiana. El acto se desarrolló bajo la orientación de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP, como parte de las acciones restaurativas del Macrocaso 08, que investiga los denominados “falsos positivos” en la región. Marisol Moreno, gerente de Promoción de Derechos Humanos del Meta, asegura que para la Gobernación del Meta apoyar este acto simbólico de perdón hace parte de los procesos de construcción de paz y de la justicia transicional. “Consideramos muy importante llevar a cabo las acciones restaurativas para las víctimas del Macro caso 08, denominado también de falsos positivos. Ellos solicitaron este acto de perdón y por eso nosotros, como Gobernación, estamos siempre dándoles todo el respaldo a las víctimas del conflicto armado”, agregó la funcionaria.

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JEP imputa crímenes de guerra y de lesa humanidad a 12 exintegrantes de LAS Farc – EP

La Sala de Reconocimiento de Verdad los halló máximos responsables de crímenes de lesa humanidad como asesinato, desaparición forzada, traslado forzoso de población y otros actos inhumanos. También les imputó crímenes de guerra como homicidio, atentados contra la vida y la integridad corporal, ejecuciones sin previo juicio, desplazamiento, y destrucción del medio ambiente. Los imputados, incluido un exintegrante del secretariado, pertenecieron al Bloque Occidental, al Bloque Móvil Arturo Ruíz, al Frente 6º, a la Columna Móvil Miller Perdomo y a las Compañías Móviles Alonso Cortés, Ambrosio González y Simón Rodríguez. Se trata del segundo Auto de Determinación de Hechos y Conductas del Caso 05, que investiga crímenes perpetrados en el norte del Cauca y el sur del Valle del Cauca. Todos los imputados vienen compareciendo ante la JEP y a la fecha han cumplido con el Acuerdo Final de Paz. Los comparecientes, las víctimas y la Procuraduría tienen un plazo de 30 días hábiles para pronunciarse sobre esta decisión, contados después de la notificación con pertinencia étnica. La Sala de Reconocimiento de la JEP imputó crímenes de guerra y de lesa humanidad a 12 antiguos miembros del Comando Conjunto de Occidente (también conocido como Bloque Occidental desde 2012), al Bloque Móvil Arturo Ruiz, al Frente 6º, a la Columna Móvil Miller Perdomo, y a las Compañías Móviles Alonso Cortés, Ambrosio González y Simón Rodríguez de las extintas Farc-EP dentro del Caso 05, que investiga la situación territorial del norte del Cauca y el sur del Valle del Cauca, el cual tiene el mayor número de víctimas acreditadas ante la JEP con más de 200.000 personas y 138 organizaciones. Los imputados fueron llamados a reconocer responsabilidad por 14 crímenes identificados en más de 5.000 hechos violentos investigados en Santander de Quilichao, Suárez, Buenos Aires, Morales, Caloto, Corinto, Toribío, Caldono, Jambaló, Miranda, Padilla, Guachené, Villa Rica y Puerto Tejada, en el norte del Cauca, así como en Florida, Pradera, Palmira, Jamundí y Candelaria, en el sur del Valle del Cauca. La JEP los encontró responsables de los crímenes de lesa humanidad de: asesinato,  traslado forzoso de población, persecución y otros actos inhumanos y los crímenes de guerra de homicidio, ejecuciones sin previo juicio, desplazamiento forzado, utilización, reclutamiento o alistamiento de niños y niñas; empleo, producción, comercialización y almacenamiento de minas antipersonal; atentados contra la vida y la integridad corporal; por dirigir ataques contra la población civil a través de las llamadas “tomas guerrilleras” y los crímenes de guerra de destrucción del medio ambiente y de destrucción de bienes culturales y de lugares de culto. Proceso dialógico La sala llegó a esta decisión luego de una contrastación judicial que incluyó, entre otros, el análisis de 20 informes de organizaciones de víctimas, 7 versiones colectivas, 50 versiones individuales y los informes de la Fiscalía General de la Nación y la Defensoría del Pueblo, así como decisiones de la Corte Constitucional. Asimismo, analizó 130 observaciones de víctimas y de la Procuraduría General de la Nación a lo dicho por los comparecientes ante la JEP. Como parte de la investigación, se incluyeron versiones interjurisdiccionales con la Jurisdicción Especial Indígena y la Justicia Propia Afrocolombiana. En estas audiencias, 31 comparecientes con pertenencia étnica fueron escuchados. En el marco del Caso 05, se ha desarrollado una ruta dialógica presencial en Territorios indígenas, afrocolombianos y campesinos para garantizar la participación de víctimas y comparecientes. Además, se ha verificado la persistente situación de inseguridad en la zona priorizada. Estas acciones son clave para superar las discriminaciones y negaciones históricas que han afectado a estos colectivos desde la colonia hasta la actualidad. Para el esclarecimiento de los hechos mencionados en esta investigación la Sala de Reconocimiento llevó a cabo versiones voluntarias colectivas y de construcción dialógica de la verdad que fueron desarrolladas con el apoyo de los comparecientes y sus equipos de defensa, en las cuales participaron activamente los miembros de las comandancias de las estructuras de las antiguas Farc – EP. En cada una de estas diligencias los firmantes entregaron a la JEP y a las víctimas documentos de aporte temprano a la verdad y realizaron actos restaurativos en los que reconocieron afectaciones causadas frente a delegados de las víctimas indígenas, afrocolombianas y campesinas.

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JEP anuncia que no perseguirá penalmente a miembros de la fuerza armada pública por falsos positivos

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) notifico la decisión que tomó, dejando en claro, que renunciará a la persecución penal de 16 miembros de la fuerza pública. Esto debido a que, no fueron identificados como culpables de los crímenes cosméticos en las regiones del Meta y Santander, en los años 2005 y 2006. Está decisión, después de consultar los aportes de verdad y las acciones de reparación de las víctimas. De esta manera,se llegó a la conclusión de expulsar a 2 excombatientes por no cumplir con acuerdos estipulados. De manera detallada, el primero de ellos, Luis Alberto Camargo Pinzón, fue expulsado por participar en sucesos, que mantuvieron el conflicto armado después de la firma del Acuerdo de Paz. El segundo conocido como Dumar Vargas Rivera, perdió sus beneficios por no aportar verdad plena y limitarse a cuestionar su condena en la justicia ordinaria. En ese sentido, las personas que se favorecen de esta decisión no tendrán que enfrentar procesos penales, ni en justicia transicional, ni en justicia ordinaria. Aún más, está medida beneficia a 5 exintegrantes del Batallón de Infantería No. 14 Capitán Antonio Ricaurte y 11 del Batallón de Infantería No. 19 General José Joaquín París Ricaurte (Bipar). Estos ex-miembros se les habían asignado proyectos judicial por los crímenes de desapariciones forzadas y asesinatos a civiles. Aunque estos actos son condenables, en esta ocasión se propició un beneficio dado que, estos individuos contribuyeron de la paz y la justicia. Además de ayudar en el proceso de reparación de las víctimas. Así que, a lo largo del proceso los excombatientes admitieron su participación en sucesos como el asesinato a 5 individuos protegidos por el Derecho Internacional Humanitario. Estos hechos se llevaron a cabo en Puerto Concordia, ubicado en el departamento del Meta y Lebrija en Santander. Finalmente, la JEP advirtió que, estos beneficios podrán ser revocados sino se cumplen con las condiciones estipuladas, que obedecen a la contribución a las víctimas del conflicto armado.

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