abril 21, 2026

#TribunalSuperiorDeBogotá

Tribunal Superior negó tutela contra magistrados del CNE que formularon cargos a campaña presidencial

En Bogotá el Tribunal Superior negó al ciudadano Óscar Felipe Agudelo Galeano la tutela con la que pretendía destituir a los magistrados del Consejo Nacional Electoral (CNE) que formularon cargos a la campaña del ahora presidente Gustavo Petro para las elecciones presidenciales de 2022. Con la acción Agudelo Galeano intentó que, a los 7 magistrados del CNE involucrados en la histórica decisión, se les removiera de sus cargos, señalándolos de haber incurrido en “prevaricato, fraude procesal, abuso de autoridad y abuso de poder”. En el documento que especifica el fallo la solicitud, indica que “hubo una violación del Estado de Derecho con un intento de golpe de Estado ilegal por parte de los Magistrados del CNE, por violar la separación de poderes, la Constitución Política y la Ley, (…) derivada de la investigación “De falsa bandera” contra la campaña presidencial del partido político Pacto Histórico, por vicios de procedimiento, al involucrar al Presidente de la República, GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO”.  Tras analizar la solicitud el Tribunal Superior de Bogotá dictaminó que no hubo tal violación y declaro improcedente el recurso. Contexto Recordemos que el pasado 8 de octubre la Sala Plena del Consejo Nacional Electoral resolvió abrir investigación formal a la campaña que llevó al primer mandatario nacional Gustavo Petro, al triunfo de los comicios de 2022 ‘Petro Presidente’, asimismo decidieron formular cargos a Gustavo Petro, Ricardo Roa y varios de los miembros del equipo de campaña por una supuesta violación de topes de financiación. La entidad refiere que dicha violación de topes de financiación alcanza cifras superiores a los 5.000 millones de pesos entre primera y segunda vuelta presidencial.

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Corte Suprema aceptó impedimentos de Carlos Guzmán Díaz, Dagoberto Hernández y Hermens Lara del Tribunal Superior por caso Álvaro Uribe

Luego de que los magistrados del Tribunal Superior de Bogotá, Carlos Andrés Guzmán Díaz, Dagoberto Hernández Peña y Hermens Darío Lara Acuña, presentaran impedimentos, para participar en las discusiones pertinentes tras los recursos de apelación y queja del caso del expresidente de la República Álvaro Uribe argumentando ser integrantes de la Sala Penal de ese tribunal, por lo cual estaban ya en conocimiento del caso del exmandatario Uribe Vélez, la Corte Suprema aceptó esta solicitud. Como se recordará los magistrados antes mencionados son integrantes de la Sala Penal de ese tribunal, por lo tanto, anteriormente tuvieron conocimiento del proceso contra Álvaro Uribe por el delito de manipulación de testigos. “Los Magistrados comprometieron su criterio, en tanto emitieron juicios de valor sobre algunos de los elementos de convicción presentados por la Fiscalía y advirtieron necesaria la continuación del proceso por los delitos atribuidos a ÁLVARO URIBE VÉLEZ”, se dice en la decisión. Expresa la corte que el impedimento expresado por los magistrados del Tribunal Superior resulta fundado, razón por la cual se garantiza la independencia de la administración de justicia mientras se revisan los recursos de apelación del polémico caso. “Aquello significa, en aras de garantizar la imparcialidad e independencia de la administración de justicia, que debe declararse fundada la manifestación impeditiva expresada por los magistrados de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá a la luz de la causal de impedimento formulada”, indica el informe. Cabe destacar que este recurso judicial fue instaurado por el abogado Jaime Granados con su petición para declarar la nulidad de lo actuado, desde la imputación, argumentando que se han presentado supuestas violaciones al debido proceso y al derecho a la defensa del expresidente de la república.

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Condenan a 19 años de cárcel a cuatro jóvenes de la primera línea

El Tribunal Superior de Bogotá confirmó la sentencia contra cuatro jóvenes pertenecientes a la primera línea por presunta implicación en actos vandálicos en manifestaciones entre 2019 y 2021.  Wilson Reynel Moreno, Justo Ernesto Villaraga, Erika Lorena Flórez y Greicy Alexandra Perrilla fueron condenados a 19 años de cárcel por los delitos de terrorismo, concierto para delinquir, daño a servidor público, daño en bien ajeno y perturbación del transporte público.  Además, son señalados de mantener presuntos vínculos con miembros de la Segunda Marquetalia de Iván Márquez; mediante grabaciones de audio e interceptaciones telefónicas el Tribunal confirmó la presunta conexión entre los condenados y las disidencias.  De acuerdo con información recopilada por Noticentro 1 CM&, a través de un chat de Whatsapp integrantes del grupo armado se encargaban de adoctrinar a los jóvenes.  Nosotros tenemos el aval de la guerrilla, que nunca ha dejado las armas y que siempre se ha mantenido correcto […] Somos la gran fuerza nivel nacional. En estos días, tengo una reunión con uno de los grandes jefes importantes.”, se escucha en uno de los audios obtenidos por Noticentro 1 CM&.   

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13 años y 8 meses de cárcel para Aída Victoria Merlano

Tribunal Superior de Bogotá mantuvo condena contra Aída Victoria Merlano, influenciadora e hija de la excongresista Aída Merlano, asimismo aumentó la pena contra la joven barranquillera a 13 años y 8 meses de cárcel. Además, se le revocó la prisión domiciliaria. A la joven se le acusó de haber participado en la planeación y ejecución de la fuga de su mamá, la Aída Merlano Rebolledo. Miguel Ángel del Río, abogado defensor de Merlano indicó que presentarán un recurso de casación ante la Corte Suprema de Justicia al considerar injusta la decisión del Tribunal contra su cliente. “El Tribunal condena injustamente a Aída Victoria por la fuga de su madre. Llegaremos hasta la última instancia de la Corte Suprema con ella en libertad”, expresó el jurista. Cabe señalar que el alto tribunal confirmó la sentencia condenatoria que impartió el juez 20 penal del circuito con Función de Conocimiento de Bogotá contra Aída Victoria Merlano Manzaneda por su participación en los hechos que rodearon la fuga de la prófuga excongresista, ocurrida en la tarde del 1 de octubre de 2019 en el norte de Bogotá. ¿Qué dice la resolución? “Modificar los ordinales primero y segundo de la sentencia dictada el 13 de septiembre 2022, por el Juzgado 20 penal de Circuito con Función de Conocimiento Bogotá en el sentido de condenar a la ciudadana y a Victoria Merlano Manzaneda como autora del punible uso de menores de edad para la comisión delitos y cómplice del delito de fuga de presos, a una de 166 meses de prisión y accesoria en inhabilitación de derechos y funciones públicas por el mismo lapso de la sanción principal”. “Revocar el ordinal 4 como tal negar el beneficio de la prisión domiciliaria y confirmar en lo demás, la misma provincia”. Por su parte se indica que la Fiscalía General de la Nación, logró demostrar que Aída Victoria Merlano planeó y participó en la fuga de su madre, que como es sabido ocurrió mientras la congresista asistía a una cita en el consultorio del odontólogo Javier Cely (absuelto), ubicado en el Centro Médico La Sabana en la carrera Séptima con calle 117. Para el alto tribunal, Aída Victoria Merlano fue fundamental en la fuga y además la acusó de haber preparado los elementos necesarios para el escape, entre ellos: la ropa de cambio, la reata que utilizó para el descenso del consultorio y los guantes, además de un celular desde el cual se podría comunicar.

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