junio 15, 2026

#NulidadDeCargo

Consejo de Estado anula el nombramiento de Manuel Peña Suárez en la CREG

La Sección Quinta del Consejo de Estado declaró la nulidad del nombramiento de Manuel Peña Suárez como experto comisionado en la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG). En un comunicado emitido este lunes, el tribunal indicó que la designación era improcedente, “de acuerdo con el artículo 44 de la Ley 2099 de 2021, la dedicación exclusiva es esencial para garantizar la independencia de la CREG”. En el caso de Peña Suárez, su simultáneo desempeño como jefe de la Oficina de Gestión de Proyectos de Fondos de la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME), que está bajo el Ministerio de Minas y Energía, contradice esta exigencia. “’La dedicación exclusiva también tiene como fin la garantía de independencia de la CREG, buscando que los expertos comisionados que la integran solo atiendan al ejercicio de su función frente al mercado y a los usuarios, así como la materialización de su independencia en el manejo de los servicios públicos domiciliarios que son de su competencia, privilegiando el interés general que se predica de ellos y la función que desempeñan en el marco del Estado Social y Democrático de Derecho’”, argumentó el Consejo de Estado. Peña Suárez fue nombrado inicialmente en noviembre de 2023 por un periodo de tres meses, que posteriormente se extendió hasta casi un año. Durante este tiempo, la CREG había aclarado que su designación no implicaba la separación de sus funciones en la UPME. Reacciones del gobierno Esta decisión se produce en un contexto de tensiones entre el Consejo de Estado y la administración del presidente Gustavo Petro, quien ha expresado su descontento por las decisiones judiciales que afectan los nombramientos en la entidad reguladora. El primer mandatario ha manifestado que estas decisiones “’le quitan independencia’” a la CREG. La anulación del nombramiento de Peña Suárez se suma a la reciente controversia sobre el incumplimiento de plazos por parte del presidente para designar a todos los integrantes de la CREG, lo que le valió una declaración de desacato por parte de la Corte.  

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Consejo de Estado admite demanda contra elección del contralor Carlos Hernán Rodríguez

Ante el Consejo de Estado se presentó demanda para declarar viciada elección de Carlos Hernán Rodríguez como Contralor General de la Nación. El documento alega ilegalidad en el periodo que cumplirá funcionario, el alto tribunal la aceptó. En el texto se establece que el acto de nombramiento de Rodríguez, estaría viciado, ya que según establece la ley, el periodo del contralor general debe ser de 4 años y en este caso el Congreso estaría desconociendo ese periodo, ya que Rodríguez solo ocupará el cargo hasta el 2026. “El acto administrativo demandado se encuentra viciado al comportar una transgresión abierta de la Constitución Política que señala que el periodo para el cual debe ser electo el Contralor General de la República es de 4 años y al atribuirse el Congreso de la república y la discrecionalidad para desconocer dicho período”, se lee en la demanda. Destaca también el demandante que el periodo estipulado para este cargo puede comprometer individualidad en las decisiones de control financiero, especificando que el periodo institucional puede usarse para hacer movimientos políticos, mientras que un periodo personal beneficia la independencia de las instituciones. “Un período institucional podría comprometer esta independencia, al estar sujeto a cambios políticos. En ese sentido, la Corte en Sentencia C737 de 2001 afirmó que la independencia administrativa y presupuestal del Contralor General es esencial para su función de control fiscal, y que un período personal contribuye a mantener dicha independencia”.

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