octubre 10, 2026

#ConmociónInterior

Habrá tres nuevos impuestos por conmoción interior debido a violencia en El Catatumbo

Debido a la violencia en el Catatumbo se ha decretado crisis de conmoción interior. A raíz de esto, es necesario recaudar recursos económicos, para prestar ayuda a la región. Por esto, el Congreso de la República corroboró la creación de 3 nuevos impuestos. Estos tendrán una duración de 90 días, periodo en el que quedó estipulado el estado de conmoción. Entre las nuevas tributaciones se encuentran el IVA a apuestas en línea y sobretasa a los sectores minero y petrolero. Además de imponer el impuesto al timbre en trámites notariales. El pasado martes 28 de enero del 2025 se realizó una plenaria en la Cámara de Representantes para ejercer control político a la declaración de conmoción interior, debido a la crisis humanitaria, en el departamento de Norte de Santander. Dicho lo anterior, el gobierno del presidente Gustavo Petro busca recaudar un total de 1,063 billones de pesos. Por lo que, decidió oficializar los nuevos impuestos que pagarán los colombianos durante los 90 días, inicialmente. Es decir que se aplicara un nuevo impuesto en a extranjeros y colombianos que realicen tramites de escrituras en notarias. De manera que habrá un cobro adicional del uno por ciento por concepto de timbre sobre el valor del negocio, adicionados al valor de tributos que regularmente se pagan en ese tipo de tramites. Frente a esto, Juanita Villaveces, viceministra de Hacienda afirmó que: “Los recursos se utilizarán única y exclusivamente para la atención de la conmoción interior”. Mientras que el ministro de Hacienda Diego Guevara aseguró que la prioridad es atender la crisis del Catatumbo. “Hoy necesitamos impuestos de recaudo inmediato con una destinación específica que es el Catatumbo y por eso el primer punto en el que quisiera insistir el día de hoy es que estos impuestos que se van a expedir en los próximos días o en las próximas horas no son una tributaria por la puerta de atrás” manifestó Guevara. Sin embargo, estos impuestos no se han comenzado a efectuar debido a que los decretos que desarrollan la conmoción, finalmente decretada por el Gobierno el pasado viernes, no habían sido expedidos. En la Cámara de Representantes, el ministro del Interior Juan Fernando Cristo se refirió a la crisis de conmoción diciendo lo siguiente: “El Gobierno no tiene la capacidad ordinaria para asumir esta crisis, no hay manera de enfrentar esto con las medidas ordinarias y se requiere acudir a este mecanismo, el gobierno alcanzó a contemplar la declaratoria de la emergencia económica, social y ambiental, pero decidió que no sobre la base de un mismo hecho que estaba conmocionando a la región del Catatumbo”. Además, añadió: “Se necesita una intervención exitosa en el Catatumbo y si logramos ser exitosos podemos replicarlo en otras zonas del país”. 

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Congreso meterá la ‘lupa’ a conmoción interior decretada por el presidente Petro

Tras el inminente anuncio del presidente de la República, Gustavo Petro sobre su decisión de decretar estado de Conmoción Interior y Emergencia Económica por la aguda situación que enfrenta el Catatumbo, Norte de Santander a consecuencia de los embates de la violencia ocasionada por el Eln. El Congreso de la República se prepara para revisar minuciosamente la sustentación de los decretos, tal y como establece la Constitución Nacional. Como es sabido la Carta Magna establece que el presidente de la República deberá extender un informe puntualizando al Congreso de la República las razones de la declaratoria. Puntualmente el artículo 213 de la Constitución establece que, “dentro de los tres días siguientes a la declaratoria o prórroga del Estado de Conmoción, el Congreso se reunirá por derecho propio”. En esa línea, el jefe de Estado está obligado a rendir un informe motivado sobre las razones que determinaron la declaración. De igual formas el artículo 215 de la Constitución refiere que el Congreso deberá esperar a conocer los términos dentro de los cuales se va a hacer uso de las facultades extraordinarias contempladas por la ley. “(Se) convocará al Congreso, si éste no se hallare reunido, para los diez días siguientes al vencimiento de dicho término”. Por su parte Diego González, secretario general del Senado, explicó que la finalidad de la convocatoria es que el Presidente explique las razones que respaldan su declaratoria y conocer en detalle las motivaciones de la medida. “El Gobierno debe enviar cada 30 días un informe sobre la evolución de los acontecimientos, también las medidas que ha adoptado, la evaluación que tiene sobre ese tema, así como las investigaciones en curso sobre eventuales abusos de esas facultades. Es decir, cada 30 días debe estar informando al Congreso sobre el estado actual de cómo va transcurriendo la conmoción interior”, indicó.

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