abril 16, 2025

Extradición

Colombia reiteró solicitud para que jefes del Eln en Cuba sean extraditados

El Gobierno Nacional, a través del Alto Comisionado para la Paz, Miguel Ceballos, reiteró este lunes la solicitud de extradición de los jefes del Eln que se encuentran en Cuba, y llamó la atención sobre el cumplimiento de los compromisos internacionales de perseguir a los grupos armados criminales que perpetran actos terroristas. La solicitud la hizo el Comisionado de Paz tras conocer una alerta de la Embajada de Cuba a la Cancilllería de Colombia sobre un supuesto plan del Eln para realizar un ataque terroristas en el país. “Así como Cuba hoy advierte que tuvo conocimiento de la posible perpetración de un acto terrorista contra Colombia, también debe responder oficialmente a la solicitud que el señor Presidente (Iván Duque Márquez) y los jueces de Colombia siguen haciendo, y es la inmediata entrega en extradición de aquellos miembros del Eln que se encuentran en Cuba”, aseveró el Alto Comisionado para la Paz, en declaración desde la Casa de Nariño. También llamó la atención de que sea el Frente Oriental del Eln el autor del supuesto plan terrorista alertado por Cuba, porque se trata del mismo grupo criminal responsable del atentado contra la Escuela General Santander, que cobró la vida de 22 jóvenes inocentes en enero de 2019. En ese sentido, el Comisionado insistió en lo que siempre menciona el Mandatario colombiano, y “es la obligación de todos los países en el mundo de perseguir el terrorismo, de perseguir a los grupos que son clasificados como tales, como terroristas, por todos los países del mundo”. Finalmente, Ceballos se refirió a un aparte de la misiva del Embajador de Cuba a la Cancillería, en el cual señala que al consultar a los jefes del Eln en La Habana sobre la veracidad del supuesto plan terrorista, ellos expresaron desconocimiento. “Con esta declaración y con esta comunicación oficial del Gobierno de Cuba, se confirma la gran división que hay en ese grupo Eln. El Frente Oriental insiste en interponerse en la voluntad real de paz que debe existir en este grupo para cesar definitivamente la violencia”, concluyó. Cortesía de la Presidencia de la República.

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Gobierno solicitará extradición de Aida Merlano

Tras confirmarse la captura de la ex congresista Aida Merlano, condenada por delitos electorales, el gobierno colombiana tramitará su extradición con el presidente interino, Juan Guaidó.  “Como es de todo conocido, Colombia, junto a varios países de América Latina y el resto del mundo, no reconoce y por ende no tiene relaciones diplomáticas con el régimen dictatorial de Nicolás Maduro”, se lee en un comunicado oficial del Ministerio de Justicia. El Gobierno asegura que no ha recibido confirmación oficial de la recaptura de Merlano por parte de las autoridades venezolanas. El abogado de la familia Merlano, Vladimir Cuadros, afirma que no ha tenido ninguna confirmación y se encuentra a la expectativa de su cliente, capturada en territorio bolivariano. Además, aseguró que solicitará un acompañamiento para respetar sus garantías primarias y  sostuvo que no ha tenido un contacto directo con los familiares de la ex congresista. La captura se llevó a cabo el pasado lunes 27 de enero, en horas de la tarde en Maracaibo. La interceptación fue realizada por la Fuerza de Acciones Especiales (FAES) en el edificio residencial Costa del Sol, en un apartamento en un sector exclusivo de la ciudad, cerca de la avenida El Milagro. En el momento de su captura, Merlano no portaba ningún tipo de documento, pero llevaba 7 celulares y diferentes pelucas rubias, con las que se camuflaba por las calles de Venezuela.   La ex congresista tiene una condena pendiente de 15 años de cárcel por delitos electorales y se encontraba prófuga de la justicia desde el pasado 1 de octubre de 2019, cuando se fugó de una clínica al norte de Bogotá, mientras se realizaba un procedimiento estético.

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Mancuso teme por su vida en su regreso a Colombia

A través de un comunicado, la Dirección de Asuntos Internacionales, le informó a la Fiscalía General de la Nación que el próximo 27 de marzo, Salvatore Mancuso regresará al país. A punto de cumplir una condena por narcotráfico en una cárcel de Atlanta, en Estados Unidos, la directora de Asuntos Internacionales, Ana Fabiola Castro, anunció que el ex paramilitar quedará en libertad a finales de marzo por medio de un comunicado oficial.  “Mediante comunicación electrónica (…) proveniente del Departamento de Justicia de los Estados Unidos, se confirmó que el postulado Salvatore Mancuso Gómez quedará en libertad a partir del día 27 de marzo de 2020”, afirmó Castro.                         Por su parte, el abogado de Mancuso, Jaime Paeres, aseguró que su cliente seguirá brindando los aportes  necesarios en los casos en los que sea citado por los órganos correspondientes. Una de las investigaciones que más revuelo ha causado es la de la indagación del senador Álvaro Uribe en donde, muy posiblemente, será citado como testigo. Por esto y por otros casos judiciales, Paeres anunció que Mancuso teme por su vida tras su llegada a Colombia. “Hay temor, mucho temor de regresar”, dijo el jurista.  El exjefe paramilitar, también, le manifestó a su defensor que no cree posible poder recobrar su libertad por algunas “actuaciones irregulares de la Fiscalía y la Policía”, hecho que ya fue comunicado por el abogado al fiscal general, por medio de una carta.  “Como lo ha venido denunciando, hay un complot de algunos miembros de la Dijin, de la Fiscalía, que le están montando procesos para que él no recobre su libertad”, dijo Paeres en diálogo con Blu Radio.  Salvatore Mancuso fue extraditado en el 2008 acusado por narcotráfico. En su regreso a territorio nacional seguirá dentro de la justicia ordinaria y servirá como presunto testigo en los casos relacionados con Justicia y Paz.       

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Colombia pide a Cuba la extradición del máximo jefe del ELN alias “Gabino”

Nicolás Rodríguez Bautista, alias ‘Gabino’, jefe máximo del Eln, fue pedido en extradición por el Gobierno colombiano, a través de una solicitud radicada por la Cancillería de Colombia ante el Gobierno de la isla de Cuba, según lo  informó esta tarde el Alto Comisionado para la Paz, Miguel Ceballos. Esta solicitud de extradición se desprende de una orden emanada por el Juez Segundo de Ejecución de Penas de Antioquia. “La solicitud de Gabino la hace un juez de la República y se conoce que está en La Habana. En este caso se hace por un delito por el que ya fue condenado, que es secuestro agravado’, dijo el funcionario. Anteriormente los jueces de la República habían pedido en extradición a los integrantes del Comando Central del Eln, ‘Aureliano Carbonel’, ‘Alirio Sepúlveda’ y ‘Pablo Beltrán’, quienes también son llamados por delitos previamente juzgados. “El llamado a Cuba siempre ha sido el mismo: el señor Presidente de la República y la Cancillería han insistido que necesitamos una respuesta del gobierno de Cuba frente a estas solicitudes de extradición”, señaló Ceballos. El Alto Comisionado dijo, además, que “es muy importante resaltar el anuncio del Fiscal General de la Nación de que el próximo 28 de febrero habrá una audiencia de imputación de cargos para los miembros de la dirección Nacional y del Comando Central del Eln por el acto terrorista en el cual, hace un año, fueron asesinados 22 estudiantes en la Escuela de Cadetes General Santander”. ‘Una próxima extradición va a ser solicitada por el Gobierno Nacional, cuando la Fiscalía impute los cargos por asesinato. Es decir, las cuatro extradiciones que hoy han sido solicitadas son por delitos por los que ya fueron condenados, y es posible que una vez la Fiscalía impute cargos por el asesinato de los cadetes, surja una nueva solicitud de extradición’, puntualizó Ceballos. Información de la Oficina del Alto Comisionado para la Paz

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Extradición de cuatro ciudadanos colombianos a Estados Unidos y España por narcotráfico

El Gobierno Nacional concedió la extradición de cuatro ciudadanos colombianos a los Estados Unidos y España, procesados por la comisión de delitos relacionados con narcotráfico. Así quedó establecido en las resoluciones 195, 197, 200 y 201 del 6 de noviembre de 2019, firmadas por el Presidente Iván Duque y la Ministra de Justicia y del Derecho, Margarita Cabello Blanco, luego de que la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia encontró cumplidos los requisitos exigidos por las normas aplicables a los casos y emitió concepto favorable para las cuatro extradiciones. • Resolución 195 A través de la Resolución 195 de noviembre de 2019, el Gobierno Nacional concedió la extradición del ciudadano colombiano Luis Andrés Jilón Romo, para que comparezca a juicio ante las autoridades de Estados Unidos por dos cargos: —Primero, concierto para poseer con la intención de distribuir cinco kilogramos o más de clorhidrato de cocaína, mientras se encontraba a bordo de una embarcación sujeta a la jurisdicción de los Estados Unidos. —Segundo, concierto para distribuir y poseer con la intención de distribuir cinco kilogramos o más de clorhidrato de cocaína. Los dos cargos fueron imputados en acusación proferida el 13 de octubre de 2017, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida. • Resolución 197 De la misma forma, mediante la Resolución 197 de noviembre de 2019, el Gobierno concedió la extradición del ciudadano colombiano Gilberto López Giraldo, requerido para comparecer a juicio ante las autoridades de Estados Unidos por cinco cargos: —Primero, Realizar e intentar realizar transacciones financieras afectando el comercio interestatal para ocultar y disfrazar la naturaleza, la ubicación, el origen, la propiedad y el control de las utilidades provenientes de la venta de narcóticos, que se sabía fueron adquiridas por la fabricación, importación, recibo, ocultamiento, compra, venta y cualquier otra actividad relacionada con el manejo de una sustancia controlada, y ayuda y facilitación en la realización de dichas transacciones. —Segundo, A sabiendas de involucrarse e intentar involucrarse en transacciones monetarias afectando el comercio interestatal y extranjero de manera criminal en propiedad derivada por un valor de 10.000 dólares de los Estados Unidos producto de la fabricación, importación, recibo, ocultamiento, compra, venta y cualquier otra actividad relacionada con el manejo de una sustancia controlada, y ayuda y facilitación en la realización de dichas transacciones. —Tercero, A sabiendas de involucrarse e intentar involucrarse en transacciones monetarias afectando el comercio interestatal y extranjero de manera criminal en propiedad derivada por un valor de 10.000 dólares de los Estados Unidos producto de la fabricación, importación, recibo, ocultamiento, compra, venta y cualquier otra actividad relacionada con el manejo de una sustancia controlada, y ayuda y facilitación en la realización de dichas transacciones. —Cuarto, A sabiendas realizaron e intentaron realizar la siguiente transacción financiera: una transferencia electrónica de $31.337 a Bank of América, por o a través de una institución financiera, afectando el comercio interestatal o en el exterior, con propiedad derivada de forma delictiva de un valor de más de $10.000 dólares, dicho dinero derivado de la fabricación, importación, venta y distribución de una sustancia controlada. —Cinco, Concierto para realizar transacciones financieras afectando el comercio interestatal y extranjero, cuyas transacciones involucraban las utilidades provenientes de una actividad ilícita especificada, es decir, derivadas de la fabricación, importación, recibo, ocultamiento, compra, venta y cualquier otra actividad relacionada con el manejo de una sustancia controlada. Los cinco cargos fueron imputados en acusación dictada el 6 de noviembre de 2018, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Norte de Georgia. • Resolución 200 Por medio de la Resolución 200 de noviembre de 2019, el Gobierno Nacional concedió la extradición del ciudadano colombiano Iván Darío de los Ríos Valencia, solicitado por las autoridades de Estados Unidos para que comparezca a juicio por dos cargos: —Primero, Concierto para fabricar y distribuir cinco kilogramos o más de cocaína, con la intención, el conocimiento y teniendo causa razonable para creer que la cocaína sería importada ilegalmente a los Estados Unidos. —Segundo, Fabricar y distribuir cinco kilogramos o más de cocaína, con la intención, el conocimiento y teniendo causa razonable para creer que la cocaína sería importada ilegalmente a los Estados Unidos, y ayuda y facilitación de dicho delito. Los dos cargos fueron imputados en acusación dictada el 13 de junio de 2018, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Este de Texas. • Resolución 201 Así mismo, mediante la Resolución 200 de noviembre de 2019, el Gobierno Nacional confirmó la Resolución Ejecutiva número 119 del 6 de agosto de 2019, por medio de la cual se concedió al Reino de España la extradición del ciudadano colombiano Pablo Ricardo Quiñones Solarte. Este ciudadano colombiano es requerido por el Juzgado Central de Instrucción número uno de la Audiencia Nacional de Madrid, España, por la presunta comisión de los delitos de tráfico de drogas, blanqueo de capitales y pertenencia a organización criminal, de conformidad con el auto de búsqueda, captura e ingreso en prisión, proferido el 9 de junio de 2017.

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Implicados en el atentado de la Escuela General Santander podrían ser extraditados

Por la muerte de un ciudadano americano, los implicados en el atentado a una escuela policial en Bogotá, podrían ser extraditados a los Estados Unidos. Después de lo ocurrido el pasado 17 de enero en la Escuela General Santander, donde murieron 22 cadetes y 87 personas resultaron heridas por la explosión de un carro bomba, los presuntos autores del ataque podrían ser enviados al país norteamericano para ser juzgados por la muerte de un ciudadano de esa nación. Una de las pruebas que tendría el FBI para reclamar en extradición a los responsables del atentado, es un video en el que aparece Andrés Carvajal, uno de los implicados en el hecho.  El FBI “le están haciendo una copia espejo toda vez que dentro de los correspondientes fallecidos se encuentra un ciudadano con nacionalidad norteamericana” indicaron fuentes de la Fiscalía a medios locales. La defensa de acusado pidió que este material probatorio sea hecho público para así poder demostrar que su cliente es inocente. El proceso judicial contra Carvajal prosigue el próximo 11 de diciembre, cuando tendrá que responder por los delitos de  terrorismo agravado, daño en bien ajeno, homicidio agravado, tentativa de homicidio agravado y uso de material privativo de las fuerzas militares.    

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Jesus Santrich seguirá tras las rejas

El exguerrillero, que hizo parte de las negociaciones de paz con el gobierno Santos, deberá continuar su proceso por delitos relacionados al narcotráfico en Colombia, tras las rejas. De acuerdo con la solicitud del apoderado de Santrich, el exguerrillero recibió un habeas corpus que solicitaba su inmediata liberación. Sin embargo, con lo dicho por los magistrados, el habeas corpus respondía a un caso en particular (el llevado por la JEP) y sin relación a la nueva orden de captura emitida por la Fiscalía en el proceso en su contra. El argumento que ha esgrimido la defensa gira en torno a la ilegalidad de su captura, pues aseguran que nunca recupero de forma efectiva su libertad, de acuerdo a lo solicitado por el Tribunal de Bogotá y una nueva solicitud de habeas corpus a favor de Santrich. El magistrado Dagoberto Hernandez, respondió a un nuevo pedido de la defensa, “la legalidad de la captura que mantiene a Seuxis Paucias Hernández Solarte restringido en su derecho de locomoción debe discutirse al interior del proceso penal, donde pueden desplegar a plenitud el ejercicio del derecho a la defensa y el debido proceso, como lo hicieron sus apoderados al apelar la decisión de legalización de captura”.

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¿Una ley para proteger la extradición?

Luis Fernando Velasco senador del Partido Liberal presentará una Ley que permita proteger la extradición, serían dos artículos que buscan blindar la JEP. Lo propuesto por el senador liberal será “un proyecto para dos artículos con el que dejamos por fuera, evidentemente, la posibilidad que se van a colar y aclaramos que solo a las personas vinculadas y aceptadas por la JEP y cuyos delitos hayan sido antes del 1 de diciembre de 2016 no se les puede aplicar la extradición ni incluir en la lista”, y aseguró que la intención es enviar un mensaje de tranquilidad al fiscal y al gobierno frente al futuro de los exguerrilleros y esta justicia creada a partir de la firma de la paz. El proyecto será presentado posterior a la votación de las objeciones presidenciales a la Ley Estatutaria de la JEP, en la cual la bancada liberal votará en bloque contra los reparos del presidente Iván Duque. De acuerdo con Velasco, de esta forma se podrá purgar la JEP dejando por fuera a terceros que buscan acceder a los beneficios de la justicia especial. Frente a las objeciones explicó que “aceptar la objeciones seria muy delicado”, porque según él esto pondría en riego la verdad, un elemento clave para las victimas del conflicto y eje central de la negociación con el gobierno del expresidente Juan Manuel Santos.

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La Corte determinó que impugnación de sentencia contra Arias requeriría una reforma constitucional

La Corte Suprema de Justicia mantuvo en firme el pedido de extradición contra el exministro Andrés Felipe Arias, quien enfrenta una condena por el escándalo de Agro Ingreso Seguro. “Si la decisión de Colombia es acatar la opinión de ese Comité (de Derechos Humanos de la ONU) y propiciarle al señor exministro el recurso de apelación contra la sentencia que lo condenó e hizo tránsito a cosa juzgada, la única posibilidad de hacerlo implica necesariamente una reforma de la Constitución Nacional”, asegura el comunicado. Estas son las precisiones de la Corte Suprema de Justicia en respuesta al Ministerio de Relaciones Exteriores: 1.  La sentencia condenatoria que esta Corte dictó en contra del doctor ARIAS LEIVA respetó el debido proceso establecido en la ley colombiana para cuando se dictó. Por entonces los aforados constitucionales –Presidente de la República, Congresistas, Magistrados de las Cortes, Fiscal General de la Nación, Ministros y Embajadores, entre otros—, eran juzgados en única instancia por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, órgano de cierre de la Justicia Penal Ordinaria en Colombia. 2. El privilegio del fuero constitucional históricamente consagrado por el Constituyente primario y el Congreso a favor de esos dignatarios –y muchos más dejados por fuera de la relación anterior—, consistente en el derecho a ser juzgados por el Tribunal Supremo en lo penal –constituido en las últimas décadas por 9 Magistrados—, fue siempre avalado por la Corte Constitucional, creada por la Constitución Política de 1991. 3. El Acto Legislativo 1 de 2018 no incluyó ningún mandato de rescisión de la cosa juzgada asociado a las sentencias condenatorias dictadas en única instancia por la Corte Suprema de Justicia. Ni siquiera consagró un régimen de transición y en esa medida, en lo que importa para el presente caso, está fuera de lugar demandar que se aplique retroactivamente a casos anteriores que se juzgaron y fallaron con plena sujeción a la ley vigente, como el del señor ex Ministro ARIAS LEIVA. 4. Imposible para la Corte, en el escenario descrito, suprimirle los efectos de la cosa juzgada a la sentencia condenatoria dictada en contra del doctor ARIAS LEIVA para autorizar su impugnación. Y sobre todo hacerlo ante un órgano de justicia inexistente, si se tiene en cuenta que la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, que es órgano de cierre –ya se dijo—, no tiene superior jerárquico. Eso es imposible no sólo con sustento en el Acto Legislativo sino igualmente al abrigo del dictamen adoptado por el Comité de Derechos Humanos de la ONU. 5. Más allá del debate atinente a si el dictamen del Comité de Derechos Humanos de la ONU es o no vinculante para el Estado colombiano, o de si ya el doctor ARIAS LEIVA agotó o no los recursos disponibles ante los Tribunales internacionales, lo cierto es que el Comité opinó que Colombia violó el artículo 14 (5) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, al carecer el acusado, tras ser declarado culpable, de un recurso que le permitiera acudir a un Tribunal superior a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia colombiana, inexistente ahora e igual cuando se dictó la sentencia penal, para pedirle la revisión de su condena. Es verdad, igualmente, que como consecuencia de ese dictamen el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas le recordó al Estado colombiano, en su condición de Estado parte del Pacto, “la obligación de proporcionar” al doctor ARIAS LEIVA “un recurso efectivo” y la de “adoptar todas las medidas que sean necesarias para evitar que se cometan violaciones semejantes en el futuro, incluyendo la revisión de su legislación con el fin de garantizar que cualquier restricción de los derechos a tener acceso a la función pública y a ser elegido sea razonable y proporcional y basada en una evaluación individualizada de cada caso”. 6. Por supuesto que la Corte Suprema de Justicia respeta el rol y autoridad atribuidos al Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. Pero entiende bien que si es decisión del Estado colombiano acatar su dictamen y proporcionarle al señor ex Ministro ARIAS LEIVA el recurso de apelación contra la sentencia que lo condenó, el poder para procurar que lo haga no lo tiene la Corte ni ningún otro órgano de la Rama Judicial. Simplemente porque el cumplimiento del dictamen del Comité supone necesariamente una reforma de la Constitución Nacional. De una parte, para suprimir los efectos de la cosa juzgada en casos como el del ex Ministro y, de otra, para crear con carácter temporal un organismo judicial que actúe como superior jerárquico de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, ante el cual puedan impugnarse las sentencias de única instancia hoy ejecutoriadas.

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Interpol rechaza solicitud de extradición de expresidente ecuatoriano Rafael Correa

La prisión preventiva se decretó por incumplimiento en la audiencia de revisión de medidas cautelares. La Corte Nacional de Justicia (CNJ) de Ecuador recibió un oficio de la la Organización Internacional de Policía Criminal (Interpol) en la que rechaza la petición de la justicia del país para arrestar y extraditar al expresidente Rafael Correa, quien reside en Bélgica. “Tras haber examinado detenidamente todos los elementos concernientes a la situación jurídica del solicitante, la información disponible a la Comisión reveló que la retención de los datos en el Sistema de Información de Interpol no era compatible con la obligación de Interpol de asegurar la efectiva cooperación entre autoridades policiales dentro del marco de “respeto a la Declaración Universal de Derechos Humanos”, explicó la institución internacional. La solicitud se hizo en el marco de la investigación al exmandatario por el supuesto secuestro del diputado opositor Fernando Balda, ocurrido en 2012 en Colombia. En julio de este año la juez de Garantías Penales de la CNJ en Quito, Daniela Camacho, dictó prisión preventiva para el exmandatario. En su momento, la defensa de Correa presentó durante la audiencia seis documentos con los que pretendía demostrar que el exgobernante se encontraba viviendo con sus familiares en el extranjero. Pidió por ello a la magistrada que se revisara la medida para que su cliente pudiera presentarse en el consulado de Ecuador en Bélgica.

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