abril 24, 2026

Corte Constitucional

Presidente Petro acata decisión del Consejo de Estado sobre decreto de Consulta Popular, pero advierte que no la comparte e interpondrá recursos de ley

A través de su cuenta de X, el presidente Gustavo Petro aseguró que acata la decisión de la Sección Quinta del Consejo de Estado de suspender el decreto 0639 de 2025 que convoca la Consulta Popular, pero no la comparte, por lo que anunció que interpondrá los recursos de ley. En su la publicación, el jefe de Estado aseguró que “acato esa decisión, pero no la comparto, dado que, repetitivamente al presidente se le quita su poder constitucional, y al pueblo en sus derechos convencionales como elector, y ahora, transitoriamente, como el mayor poder legítimo de la nación, en la sección quinta’. Por esta razón, reiteró que respeta esta medida cautelar que definió la Sección Quinta del Consejo de Estado, que suspendió los efectos del decreto mientras analiza los alcances jurídicos de una demanda interpuesta, pero insistió en que “me siento irrespetado; interpondré los recursos de ley’. En su escrito, el mandatario enumeró las solicitudes que hizo a la célula del Alto Tribunal, para lo cual aseguró que, en primera medida la Corte Constitucional “es el Juez Natural para estudiar de manera exclusiva la constitucionalidad del Decreto 0639′; además, “que se resolviera en Sala Plena, pues ni más ni menos, se trata de una convocatoria al soberano popular, y se unificara jurisprudencia’. De la misma manera, denunció que la Sección Quinta “decidió frenar el trámite con Medida Cautelar, sin discusión de los argumentos del presidente. Considero que así se vulneran mis derechos constitucionales surgidos del voto popular mayoritario’. “Dicen que no había sido notificado, contradictorio, en otros casos de tutela aducen lo contrario’, enfatizó al insistir en que “sacrifican, lo sustancial’ privilegiando, de esta manera, la forma, por lo que recordó que la Constitución “dice que lo sustancial domina la forma’. Anotó que la demanda que instauró el senador Efraín Cepeda, “en su derecho, tuvo más peso que los argumentos’ que ha esgrimido el Presidente de la República en la Sección Quinta, de los cuales aseguró “que ni siquiera han sido tenidos en cuenta’, lo que, según denunció: “Ha resultado en una suspensión de un decreto’ emitido por el jefe de Estado que “clama por la voz del soberano popular’. Esta situación, de acuerdo con el presidente Petro, suspende la voz del soberano “supremo de la nación: el pueblo’.

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UPC del 2024 declarado insuficiente por la Corte Constitucional que ordenó se reajuste

Con miras a que se de cumplimiento al dictamen, la Corte ordenó la creación de una mesa de trabajo en la que participe Minsalud y otros actores del sistema. Con su decisión la Corte Constitucional estipuló que el valor fijado en la Unidad de Pago por Capitación (UPC) del 2024 fue insuficiente, de tal manera que resultó impactando de manera exponencial la financiación del Plan de Beneficios en Salud (PBS). El fallo fue emitido por la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-760 de 2008, que evaluó las deficiencias identificadas en el sistema de información inherentes al sistema de salud y su impacto en el cálculo de este indicador. Así las cosas, determinaron que el Ministerio de Salud no hizo lo suficiente para erradicar la falla. De igual forma el alto Tribunal refiere que las frecuencias de uso de los servicios en salud registradas no son confiables y que la información empleada para efectuar el cálculo en ambos regímenes “no es suficiente ni de calidad”. La diligencia se llevó a cabo en sesión técnica celebrada el 5 de abril de 2024, donde la Sala encontró que el mecanismo para fijar la UPC no solo requiere de una actualización, sino que también se deben incluir otras variables como parte del análisis. Además, indicó que es necesario revaluar la forma en que se incluyen algunos factores en el ajuste como la siniestralidad, la inflación, las destinaciones específicas, y las inclusiones y el rezago existente en su valor.  

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Rama judicial inicia operaciones 2025 con nuevos presidentes de Cortes

Con el regreso a operaciones de la Rama Judicial, la tarea de apertura será establecer a sus dignatarios para el 2025, así las cosas, la Corte Constitucional y la Corte Suprema tendrán la oportunidad de nombrar a sus presidentes y vicepresidentes. Corte Constitucional Este año, al parecer el panorama ya vislumbra definido de la siguiente manera la Corte Constitucional entregaría las riendas de la presidencia al magistrado Jorge Enrique Ibáñez quien llegaría en reemplazo del magistrado José Fernando Reyes, mientras que a la magistrada Paola Meneses le corresponde la vicepresidencia. El periodo del magistrado Ibáñez entraría en rigor desde el 10 de febrero. Sobre el virtual presidente Jorge Enrique Ibáñez: es abogado, especialista en Derecho Constitucional, magíster en Derecho Internacional Público, doctor en Derecho (Suma Cum Laude) y Postdoctor en Derechos Humanos y Derecho Penal Internacional. Corte Suprema Por otra parte la Corte Suprema de Justicia nombraría como presidente el magistrado de la Sala Civil Octavio Augusto Tejeiro Duque, quien asumirá el cargo del magistrado Gerson Chaverra. Tejeiro, Tejeiro Duque es abogado de la Universidad La Gran Colombia, especialista en Derecho Procesal Civil de la Universidad Externado de Colombia, máster en Argumentación Jurídica de la Universidad de Alicante (España), y docente universitario en Derecho Constitucional, Procesal Civil y Romano en varias universidades del país, mientras que para la Vicepresidencia de la Corte Suprema se escuchan los nombres de los magistrados Omar Ángel Mejía Amador y Luis Benedicto Herrera. Sala Penal Asimismo, la magistrada Myriam Ávila será elegida presidenta de la Sala Penal de la Corte Suprema, y la magistrada Blanca Nélida Barreto, presidenta de la Sala de Primera Instancia, que hace parte de la Sala Penal. Sala de Instrucción Sobre la Sala de Instrucción se tiene previsto que la magistrada Cristina Lombana asuma la presidencia, pues desde el año pasado le correspondía la distinción y a pesar de eso no quedó elegida. Consejo de Estado Entre tanto el Consejo de Estado, sería encabezado por el magistrado de la Sección Quinta Luis Alberto Álvarez, quien en 2024 se desempeñó como vicepresidente. Reemplazará al magistrado Milton Chaves. Álvarez es abogado, magíster en Gobierno Municipal y especialista en Derecho Público, Derecho Contencioso Administrativo, Contratación Estatal, Derecho Constitucional y Filosofía del Derecho. Además, es candidato a doctor en derecho de la Universidad Externado. Comisión Nacional de Disciplina La Comisión Nacional de Disciplina Judicial quedaría en manos de Mauricio Rodríguez Tamayo, en reemplazo de Alfonso Cajiao. Rodríguez es abogado, especialista en Derecho Administrativo y Disciplinario, magíster en Derecho Administrativo y doctor en Derecho. Consejo Superior de la Judicatura Finalmente, el Consejo Superior de la Judicatura estaría presidido por Jorge Enrique Vallejo Jaramillo quien llega en reemplazo de Diana Alexandra Remolina. Vallejo es abogado de la Universidad de Medellín, con especialización en Derecho Penal y Criminología  y en Instituciones Jurídico Penales.

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Tres días de arresto para ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, por desacatar decisión de la Corte Constitucional

El ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, resultó sancionado por el Juzgado Tercero Penal del Circuito con función de conocimiento en Bogotá con medida de arresto durante tres (3) días, por desacato a una orden de tutela emanada de la Sentencia T-343 de 2022 proferida por la Corte Constitucional, en la que se le requirió retirar del mercado los insecticidas que tuvieran entre sus componentes el clorpirifós, que según determinó el alto tribunal, es perjudicial para la salud. El alto tribunal expresó que la orden era clara y no admitía interpretaciones, por lo que el documento refiere “Ordenarle al Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) que una vez sea notificada esta decisión, adopte las medidas administrativas necesarias para suspender de manera inmediata la comercialización de productos químicos agropecuarios con el componente activo clorpirifós”. Asimismo refiere que “con ocasión a que en el incidente de desacato no se persigue a un ente o a un cargo, sino a la persona física que lo ostenta, en esta actuación se vinculó al doctor Guillermo Alfonso Jaramillo en su calidad de Ministro de Salud, se le enviaron comunicaciones a través de las direcciones electrónicas que constan en la página web del Ministerio y por intermedio del apoderado de la entidad se presentaron informes que no reflejan un acompañamiento suficiente al ICA para propender mancomunadamente al cumplimiento de las órdenes impartidas por la Corte Constitucional”. Concluyendo lo siguiente: “Se concluye entonces la responsabilidad subjetiva en cabeza del doctor Guillermo Alfonso Jaramillo, quien, siendo responsable del acatamiento de la Sentencia T-343 de 2022 proferida por la Corte Constitucional, no gestionó lo correspondiente para que se cumpliera, oportunamente, con lo que se procede a sancionarlo, imponiéndole arresto durante tres días”.

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