octubre 4, 2024

Multas de hasta $1.2 millones por desperdiciar agua en Bogotá, mañana inicia nuevo esquema de racionamiento

En respuesta a la aguda crisis por desabastecimiento de agua que enfrenta la capital del país, desde la alcaldía se estableció la nueva rotación de los turnos de corte servicio del vital líquido que se ejecutará cada diez días, comenzando con el primer turno mañana 29 de septiembre y culminando el 7 de octubre.

Esta decisión obedece a la aguda crisis por falta de agua que enfrenta Bogotá, es así como a partir de mañana 29 de septiembre inicia este nuevo el esquema de racionamiento diario por zonas, así como la imposición de millonarias multas a quienes desperdicien este importante recurso.

¿De cuánto sería la multa?

Las autoridades distritales establecieron que el incumplimiento de estas normas puede llevar a que el usuario que se vea sancionado con multas que van desde los $694.000 y, en casos de reincidencia, podrían alcanzar el $1.213.000, con base en los artículos 100 y 180 de la Ley 1801 de 2016.

La información la dio a conocer el burgomaestre capitalino Carlos Fernando Galán, quien además indicó que desde esta fecha se retorna esquema de racionamiento implementado a mediados de 2024, lo que implica cortes en el servicio con una duración de 24 horas, a partir de las 8:00 de la mañana, restableciéndose al mismo horario al día siguiente.

Restricciones y directrices de uso responsable del agua

Se pudo conocer que por medio de un decreto expedido por el alcalde Galán, se destacan restricciones y directrices para fomentar un uso más responsable del recurso, como por ejemplo se prohíbe el uso de agua potable para actividades como el lavado de fachadas, vehículos y el riego de jardines, permitiendo estas actividades únicamente con agua de lluvia recolectada, reciclada o cruda.

De igual forma se establece la prohibición de acciones que dañen o alteren cuerpos de agua y zonas de manejo ambiental, así como la captación de agua de fuentes hídricas sin autorización de las autoridades ambientales.

El artículo 100 del Código de Policía establece como acciones contrarias a la preservación del agua el uso no autorizado del recurso, arrojar sustancias contaminantes o desechos en cuerpos de agua, y dañar o alterar cuerpos de agua, zonas de ronda hídrica y zonas de manejo y preservación ambiental. También prohíbe captar agua de fuentes hídricas sin autorización y lavar bienes muebles en el espacio público o cuerpos de agua.