En las últimas horas, el Ministerio de Salud publicó un borrador de resolución en la que se definen las condiciones y responsabilidades para la conformación, operación, recursos, monitoreo y seguimiento de los Equipos Básicos de Salud.
Según el documento, “estos equipos deberán garantizar el acceso a los servicios de salud conforme al principio de universalidad de acuerdo con lo definido en el artículo 49 de la Constitución Política de Colombia atendiendo a toda la población independientemente del régimen de seguridad social en salud o la Empresa Promotora de Salud a la que se encuentren afiliados”.
El documento, también establece una definición de los Equipos Básicos de Salud, uno de los puntos importantes del proyecto de la reforma a la salud, como una estructura operativa de los prestadores para ejecutar acciones de cuidado integral de la salud bajo un enfoque de Atención Primaria en Salud (APS).
Estos equipos serán financiados con un 5% de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) de los regímenes contributivo y subsidiado para este año 2024.
Por ahora, estos equipos, como lo describe el borrador son una “estructura funcional y operativa de los prestadores de servicios de salud, con capacidad de ejecutar acciones de forma permanente y sistemática para el cuidado integral de la salud de las personas y familias por curso de vida en los diferentes entornos, bajo enfoque diferencial, intercultural, poblacional y territorial, en el marco de la estrategia de Atención Primaria en Salud”.