Mediante la resolución 1408, fechada el 14 de agosto, el ministerio autoriza que se reactiven las salas de cine y teatros del país, los cuales no podrán exceder el 50 por ciento de su capacidad. Además, está prohibido consumir alimentos en su interior. La decisión gubernamental contempla un extenso protocolo de bioseguridad con el fin de prevenir la transmisión del covid-19.
De acuerdo con lo establecido, las salas de cine y teatros deberán dejar dos sillas vacías entre cada persona y entre cada fila ocupada debe quedar una libre. “En ningún caso la disposición podrá ser tal que supere el 50 % del aforo máximo de la sala”.
Para el acceso a los baños, la circulación de los asistentes y la venta de boletería, deberá existir el distanciamiento físico exigido de dos metros mínimo entre personas. De igual forma, se tendrán que señalizar los ingresos y salidas para dichos desplazamientos y ubicaciones.
Se deberá disponer de módulos de desinfección, que incluyan lavamanos, dispensadores de jabón, gel, alcohol glicerinado y toallas desechables. No se podrán consumir alimentos dentro de la sala o el teatro, y las puertas y ventanas deben permanecer abiertas para permitir la ventilación natural.