abril 15, 2026

Opinión

En Colombia, la prestación de los servicios públicos requiere mayor control

Por, Eloy Chichí, Representante a la Cámara, Partido Cambio Radical La prestación de los servicios públicos ha sido históricamente una de las funciones esenciales del Estado colombiano, puesto que, de su eficiente, continúa e ininterrumpida prestación depende la subsistencia y calidad de vida de toda la población. Razón por la cual, durante años se fueron constituyendo en todo el territorio nacional distintas empresas públicas encargadas de la prestación y distribución de los servicios públicos. No obstante, la corrupción y el clientelismo se fue apoderando poco a poco de estas empresas, ocasionando, en vez del bienestar de la comunidad, el atraso económico del país, la falta de legitimidad de las instituciones y la perdida de millonarias cifras invertidas en el esfuerzo de solventar empresas que difícilmente pueden perdurar en una economía abierta. Ante esa situación, la Constitución Política de Colombia de 1991 estableció que la prestación de los servicios públicos era inherente a la función social del Estado. Sin embargo, estos podrían ser prestados de manera directa o indirecta, por comunidades organizadas o por particulares. Es decir, los particulares pueden prestar los servicios públicos, pero en todo caso es deber del Estado señalar las políticas generales de administración y asegurar su debida prestación mediante el control, inspección y vigilancia de los mismos. En esa dirección, se creó la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios como entidad encargada del control, inspección y vigilancia de las empresas prestadoras de servicios públicos, y la Ley 142 de 1994, las comisiones de regulación como organismos encargados de diseñar las políticas generales de administración y control de eficiencia de los servicios públicos domiciliarios.  “…a pesar de todos los esfuerzos institucionales, nuevamente la corrupción permeó la prestación de los servicios públicos, pero esta vez a través de las comisiones de regulación” Pero, a pesar de todos los esfuerzos institucionales, nuevamente la corrupción permeó la prestación de los servicios públicos, pero esta vez a través de las comisiones de regulación. Estas comisiones han sido serviles a los intereses de las empresas privadas y han cesado en su deber de control, desencadenando situaciones como la de Electricaribe en la Región Caribe, donde, durante años, el servicio se ha prestado de manera deficiente y las comisiones, aparte de generar mayor confusión mediante la expedición de un sinnúmero de resoluciones, no han logrado que el servicio mejore. Por lo anterior, radicamos el proyecto de Ley 124 de 2017 – Cámara, para lograr que las comisiones de regulación realicen un mayor control a las empresas prestadoras, teniendo en cuenta que cumplen una función esencial dentro del Estado colombiano pero que han sido incapaces de velar por la correcta prestación de los servicios públicos. Con esta iniciativa también se pretende que estas comisiones rindan cuentas al Congreso de la República por medio de un informe anual para verificar el avance en sus funciones y así mejorar la prestación de los servicios públicos domiciliarios en el país. El no cumplimiento de las funciones descritas le permitirá al Congreso adelantar moción de censura en contra de ministros y directores de Departamentos Administrativos que integren la respectiva comisión. Igualmente, esta iniciativa busca promover mejores prácticas al interior de las comisiones para que regulen correctamente la prestación del servicio público en cada una las regiones del país, para que casos como Electricaribe no se repitan. Su único fin debe ser el velar por la prestación de calidad y el bienestar de los habitantes del territorio colombiano. Se espera entonces que, una vez se apruebe este importante proyecto de ley, exista un interés verdadero por parte del Gobierno Nacional para cumplir con uno de sus fines esenciales.  

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¿Se disminuirá uso de carro?
Por, representante a la Cámara Clara Rojas, Partido Liberal.

El hueco fiscal que tiene actualmente el Sistema Integrado de Transporte público (SITP), y que asciende a 595 mil millones de pesos, pretende ser llenado con alzas, tanto en el valor del pasaje de Transmilenio en 100 pesos como con una sobretasa de 15 pesos adicionales en los parqueaderos que operan en Bogotá. Considero que no tienen ninguna justificación esos dos incrementos, puesto que afectan el bolsillo de los habitantes de Bogotá ya que hay que tener en cuenta que en ambos casos se superan, tanto el aumento en el salario mínimo legal (5.9%), como el costo de vida de 2017 (4.9%). Sin olvidar que las familias se han visto afectadas con la reforma tributaria del 2017, particularmente con el aumento al IVA de 3 puntos para un 19% de impuesto. El pasado 12 de enero me referí al incremento injustificado en el valor del pasaje en Transmilenio en mi blog: http://www.clararojas.com/aumento-injustificado-pasaje-transmilenio.html. De acuerdo con el Proyecto de Acuerdo radicado por la Administración Distrital en el Concejo de Bogotá, esta nueva contribución se cobrará dependiendo de la zona, hora del día y estrato del predio donde se encuentre el estacionamiento público, y solo se causará en las primeras dos horas de parqueo. La norma prevé, por ejemplo, que en una zona de actividad comercial de estrato 3, con bajo acceso al transporte público y bajo nivel de congestión vehicular, se pagaría una contribución de $ 8 por minuto, por máximo 2 horas. Se exceptúan del cobro a las bicicletas y a las motocicletas de  125 c.m3 e inferiores. El alza busca, además de financiar el sistema de transporte, desincentivar el uso del vehículo particular que, si bien es un objetivo loable, hay que tener en cuenta que no hay un sistema público adecuado y las personas necesitan de su carro para movilizarse. En los últimos 11 años, la ciudad pasó de tener 839.251 carros a 2.182.578, es decir, que entre 2007 y 2017 el número aumentó en 1.343.327 (se excluyen las motocicletas y mototriciclos), según un informe del Observatorio Ambiental de Bogotá. Si un habitante de Bogotá se desplaza diariamente en promedio 20 kilómetros en su automóvil, emite 1.387 kilos del CO2 al año, esto quiere decir que el total de automóviles en Bogotá al año emiten 3.027 millones de kilos del CO2 (material participado). Actualmente, en Bogotá existen aproximadamente 2.791 parqueaderos, pero de estos solo el 80% está registrado en la Cámara de Comercio de Bogotá. Hace menos de un año, mediante decreto 217 del 03 de mayo de 2017, “Por medio del cual se define y actualiza la metodología para establecer las tarifas para el estacionamiento fuera de vía, se fija la tarifa máxima para los aparcaderos y/o establecimientos en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones”, se modificó el cobro del servicio de aparcamiento y/o estacionamiento fuera de vía en el Distrito Capital de Bogotá, el cual se incrementó en un 10%. En el artículo 4 del decreto expedido se definió que la tarifa máxima por minuto para aparcaderos y/o estacionamientos fuera de vía en el Distrito Capital es de $105 pesos por minuto. Esta tarifa se define con una fórmula que incluye las siguientes variables: Valor Máximo por Minuto: es el valor máximo que puede cobrarse a un usuario de estacionamiento por minuto. Factor de Demanda Zonal: factor de demanda por ubicación del establecimiento dependiendo de la zona en la cual se encuentra ubicado y fluctúa entre 0.5 y 1.0 a partir de la demanda del sector, el estrato social y la actividad del sector. Factor por tipo de vehículo: Factor que ajustará el cobro por tipo de vehículo que sea estacionado (automóviles, camperos, camionetas, vehículos pesados, motocicletas y bicicletas). Factor por nivel de servicio: Factor asociado con las características físicas del estacionamiento. “El alza busca, además de financiar el sistema de transporte, desincentivar el uso del vehículo particular que, si bien es un objetivo loable, hay que tener en cuenta que no hay un sistema público adecuado.” Adicionalmente, el decreto estableció que todos los parqueaderos de la ciudad deben disponer un espacio para bicicletas por cada diez que ofrecen para vehículos; se fijó un cobro máximo por el servicio de parqueo para bicicletas en diez pesos ($10). Así las cosas, el parqueadero que está a nivel o subterráneo, pasó de 95 pesos a 105 pesos para automóviles y, para motos, pasa de 67 a 74 pesos el minuto. A nivel, piso en concreto, asfalto o gravilla pasó de 67 pesos a 74 pesos para automóviles el minuto y para motocicletas, de 47 pesos a 52. Los que son a nivel, piso afirmado, césped o asociado a un uso pasaron de 48 pesos a 53 pesos para carros y de 47 pesos a 52 pesos para motocicletas. Esta nueva iniciativa se suma a la propuesta que hizo hace 4 meses la administración encaminada a eliminar el sistema del cobro por minutos en los parqueaderos públicos para permitir que cada establecimiento fije libremente las tarifas, dependiendo de la oferta y la demanda, lo que ha generado inquietud entre los usuarios porque podría elevar el costo de este servicio. Así lo analicé en una columna titulada “Control a precios en parqueaderos”, publicada el pasado 22 de septiembre en mi blog. La Alcaldía busca que los parqueaderos se autorregulen por la libre competencia al considerar que “no existe ninguna razón para que haya controles de precios a los estacionamientos, estamos en una economía de mercado. La tendencia a mediano plazo es a que haya libertad de precios”. La regulación de los precios de los parqueaderos fue aprobada por el Concejo de Bogotá en 2008 y puesta en vigencia mediante el Acuerdo 356 que establecía que únicamente se podrá cobrar la tarifa fuera de vía autorizada por el Gobierno Distrital, teniendo en cuenta las características particulares de cada estacionamiento, la cual deberá permanecer expuesta a la vista de los usuarios.

¿Se disminuirá uso de carro?
Por, representante a la Cámara Clara Rojas, Partido Liberal.
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DOS ESCOLLOS A SUPERAR
Por, Amylkar D. Acosta M., miembro de Número de la ACCE

Para seguir avante en el propósito de aprovechar el cuarto de hora que les queda al carbón y al petróleo, se tendrán que superar dos escollos que tiene a la actividad extractiva en Colombia en ascuas: la inseguridad jurídica y la conflictividad social. En cuanto a la inseguridad jurídica, manifiesta el Presidente de la Asociación Colombiana de Minería Santiago Ángel que “si las cortes siguen abriendo en forma retroactiva y parando los proyectos y las ampliaciones, no vamos a ver el año dorado del carbón en 2018”. Pero, la verdad sea dicha, una de las principales fuentes del activismo judicial y del exacerbamiento de los conflictos sociales en las regiones en donde operan las empresas extractivas es la falta de un ordenamiento territorial, dando lugar a un  conflicto de usos y de ocupación del territorio y de contera un conflicto de competencias entre las entidades territoriales y el Gobierno central. Un ejemplo patético de ello es el lío que se ha armado alrededor de la tardía delimitación del Páramo de Santurbán. A esto se vienen a añadir, en el caso de la minería, los vacíos jurídicos que deja el anacrónico Código de Minas, que no responde a las nuevas realidades. Pero, indudablemente, el detonante de la inconformidad y la insatisfacción en las regiones productoras fue la expedición del Acto legislativo 05 de 2011, que reformó el régimen de regalías en detrimento de ellas, que ahora no se sienten bien compensadas con lo que reciben con el nuevo reparto de las mismas. Alegan, y con razón, que el mayor impacto económico, social y ambiental de la actividad extractiva se da en el territorio en donde operan las empresas. En su momento se adujeron razones de equidad para repartir la “mermelada” en toda la tostada nacional, pero el impacto no se reparte, se queda en las regiones productoras. Se pretextó también que el manejo de las regalías en las regiones era una fuente de corrupción, pero con el nuevo Sistema General de Regalías (SGR) lo que se hizo fue vender el sofá de la infidelidad, porque la corrupción ha hecho metástasis y ninguna institución o rama del poder público ha escapado a ella. En su momento, ante la amenaza en ciernes del despojo desde las regiones clamaban porque le dejaran las regalías y se llevaran a los corruptos y lo que sucedió fue todo lo contrario, ¡se llevaron las regalías y les dejaron a los corruptos! “…quienes le dicen no, sin atenuantes, a la actividad extractiva en el país deberán decir también con qué otras fuentes de ingresos se van a suplir los que se dejarían de recibir si ella se paraliza…” Capítulo aparte merece la proliferación de consultas populares y acuerdos municipales en contra de la actividad extractiva. De los 1.122 municipios con los que cuenta el país, desde el año 2013 se han realizado consultas populares en 9 de ellos, en 127 de ellos están en curso iniciativas para prohibir la actividad extractiva a lo largo y ancho del territorio nacional, entre ellas, 81 consultas populares y 46 acuerdos municipales aprobados, de los cuales sólo 9 han sido objetados. Las altas cortes les han dado un espaldarazo a estas iniciativas ciudadanas al disponer de una parte que son las entidades territoriales las competentes para determinar la viabilidad de la actividad extractiva en su territorio y, de otra, que el resultado de las consultas populares tiene efecto vinculante. Es de anotar que la actividad extractiva ha sido y sigue siendo una de las más importantes fuentes de ingresos del Estado, así como del Gobierno central como de las entidades territoriales, que tienen hoy en día en el Sistema General de Regalías (SGR) casi su única fuente de financiación de sus proyectos de inversión. En el año 2013, la actividad extractiva le llegó a significar al país entre impuesto de renta, regalías y dividendos la no despreciable suma de $29.8 billones, de los cuales $20 billones se apropiaron en el Presupuesto General de la Nación, representando el 29.3% de sus ingresos corrientes. Para ese mismo año, el SGR recibió el remanente, es decir $9.8 billones. Es más, según la Contraloría General, entre 2012 y 2016 la actividad extractiva alimentó al SGR con $40.3 billones, de los cuales el 80.4% provinieron de la extracción de crudos y el 19.6% de la minería propiamente dicha. Y, según el Director de la Agencia de Defensa Jurídica del Estado Luis Guillermo Vélez, el freno de mano que le han impuesto las protestas, bloqueos y oposición a la actividad extractiva se han dejado de recibir” por concepto de regalías cada año superarían los $226.000 millones y significarán para el país en los próximos cinco años un hueco fiscal de $1.2 billones”. De manera que quienes le dicen no, sin atenuantes, a la actividad extractiva en el país deberán decir también con qué otras fuentes de ingresos se van a suplir los que se dejarían de recibir si ella se paraliza, porque estamos hablando de un monto sustancial de recursos con los cuales se financia  tanto el funcionamiento como la inversión del Estado.    

DOS ESCOLLOS A SUPERAR
Por, Amylkar D. Acosta M., miembro de Número de la ACCE
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