“A través de este macrocaso la JEP pone un foco especial en los elementos discriminatorios que tienen estas violencias y en las dinámicas de guerra, que reflejan y muiltiplican las discriminaciones estructurales que históricamente han afectado a mujeres, niñas y personas con orientaciones sexuales, identidades y expresiones de género diversas”, dijo la magistrada Lily Rueda.
Derechos para mujeres y LBGTIQ
Para esta apertura, la magistratura tuvo en cuenta distintas observaciones de organizaciones que trabajan por los derechos de las mujeres y personas de la población LBGTIQ+, así como las recomendaciones que hizo la Procuraduría General de la Nación.
En la labor para agrupar este tema, la JEP encontró registro de 35.178 víctimas de todos los actores del conflicto por hechos ligados a la violencia sexual, reproductiva y de género entre los años 1957 y 2016, fecha en la que se firmó el Acuerdo de Paz con las Farc que le dio vida a este sistema de justicia transicional.
El 89,2 por ciento de esa cifra son mujeres, y el 35 por ciento sufrieron la violencia cuando eran niñas o adolescentes. Además, el análisis permitió establecer que la mayoría de hechos fueron cometidos por paramilitares, con un 33 por ciento; seguidos por las extintas Farc, con 5,82 por ciento, y por agentes del Estado con un 3,14 por ciento. “En el 30 por ciento de los registros la Sala no identificó al presunto actor armado responsable”, subrayó Rueda.
Los criterios y los subcasos
Para la magistratura, la apertura del macrocaso 11 cumple criterios objetivos y subjetivos previamente analizados. El primero es la gravedad de los hechos ocurridos, además por la magnitud de la victimización que se vislumbra, así como por los factores de vulnerabilidad que recaen sobre las víctimas.
“En cuarto lugar por la representatividad que incluye el gran significado simbólico que tiene para un amplio sector de la sociedad la investigación de estas conductas y la posibilidad de que con ello se supere la brecha de impunidad que históricamente ha recaído sobre ellas”, indicó la magistrada Rueda.
En cuanto a los subcasos, la magistrada Julieta Lemaitre dijo que el subcaso 1 es sobre violencias de género contra civiles cometidos por exmiembros de las Farc, la Sala investigará hechos que no están comprendidos en los patrones abordados por otros macrocasos. Así las cosas, se investigarán los patrones de crímenes motivados por la orientación sexual, identidad o expresión de género diversa de civiles; y crímenes motivados por el sexo contra niñas y mujeres de la población civil.
Violencia contra la fuerza publica
El magistrado Óscar Parra presentó el subcaso 2, que investigará la violencia basada en género contra civiles cometidas por miembros de la Fuerza Pública. Hasta ahora, con base en informes que aportaron las víctimas y la Fiscalía, se sabe que el 44 por ciento de los relatos de violencia basada en género y por prejuicio fueron perpetrados por agentes del Estado.
La masculinidad es un estatus que se posee en las filas, y que debe ser mantenido a través de demostraciones de violencia, sobretodo en contra de lo que se considera femenino y subordinado.
En este subcaso también hay dos patrones, uno son los crímenes motivados por la orientación sexual, identidad o expresión de género diversa de civiles, mientras que el segundo son los crímenes cometidos por ser mujeres por parte de la Fuerza Pública contra niñas y mujeres civiles.
Por su parte, la magistrada Lily Rueda leyó el subcaso 3, relacionado a las violencias basadas en género atribuibles a exmiembros de las Farc y de la Fuerza Pública cometidos contra sus propios compañeros. “La Sala encontró que estos factores están asociados a la existencia de órdenes de género dentro de las Fuerzas, en las que la masculinidad es un estatus que se posee en las filas, y que debe ser mantenido a través de demostraciones de violencia, sobretodo en contra de lo que se considera femenino y subordinado”, explicó la togada.
Los hombres son victimas
Sobre el primer patrón, se indicó que la mayoría de víctimas son hombres jóvenes, entre los 18 y 23 años, que se encontraban prestando el servicio militar. Los hechos iban desde acosos sexuales hasta accesos carnales violentos, y se atribuyen principalmente al Ejército y la Policía, en las que no hay información suficiente sobre la apertura de investigaciones, y en cambio sí se encontraron ausencias de acciones correctivas, “como la permanencia de los presuntos perpetradores en las filas, la repetición de los hechos contra otras víctimas por parte de los mismos autores, y solicitudes de traslados elevadas por las víctimas para evitar que las agresiones continuaran presentándose“.
Y sobre las investigaciones en la justicia ordinaria, la Fiscalía le comentó a la JEP que la mayoría de procesos fueron archivados o precluidas, y otras tienen resolución inhibotoria.
Por último, la Sala hizo un llamado a las organizaciones de la sociedad civil para que amplíen sus informes y acompañen a las víctimas como lo han venido haciendo dentro de este nuevo proceso judicial que abre la JEP.