mayo 26, 2026
Mujeres colombianas podrían cotizar solo 1.000 semanas para pensionarse

Mujeres colombianas podrían cotizar solo 1.000 semanas para pensionarse

El alto tribunal tomó esta decisión en defensa del derecho a la igualdad y la protección de las mujeres en el ámbito laboral colombiano.


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La Corte Constitucional declaró inexequible el artículo 9° de laLey 797 de 2003, que obliga a las mujeres a cotizar 1.300 semanas para su pensión de vejez, el mismo tiempo que los hombres.

Según esa ley aún vigente, mientras las mujeres en Colombia hoy pueden pensionarse a los 57 años de edad, los hombres pueden hacerlo a los 62, pero las semanas cotizadas exigidas para ambos géneros son las mismas.

No obstante, la Corte Constitucional señaló en su fallo, conocido este 6 de junio, que esto último viola el derecho a la igualdad y ordenó al Congreso de la República y al Gobierno Nacional regular este tema para que que las mujeres en Colombia puedan pensionarse si ya alcanzaron una cotización de 1.000 semanas al sistema de seguridad social, siempre y cuando cumplan con los demás requisitos exigidos por la ley.

El alto tribunal explicó que el derecho de las mujeres a obtener una protección especial en el ámbito laboral y de la vejez en el sistema de seguridad social integral debe tener en cuenta las inequidades que tienen las mujeres en materia de protección social.

Esta desigualdad laboral hacia las mujeres radica en que para que ellas puedan acceder a la pensión deben acreditar las mismas 1.300 semanas de cotización que los hombres, “sin considerar las barreras y dificultades que enfrentan para acceder y mantenerse en el mercado laboral y asumir las obligaciones del cuidado del hogar, tanto como las que se intensifican cuando llegan a la adultez mayor”.

Tomado del Canal Institucional TV.