diciembre 8, 2024

Baños públicos, una necesidad urgente

Clara Rojas González
Representante a la Cámara, Partido Liberal

El Concejo de Bogotá infortunadamente hundió un Proyecto de Acuerdo 211 de 2017 que, en mi concepto, es necesario y se debe presentar nuevamente. Se trata de una iniciativa que buscaba la construcción e instalación de baños públicos gratuitos, publicitarios y autosostenibles en el espacio público de la capital del país.

Con cuatro votos a favor y siete en contra, la Comisión de Plan archivó la iniciativa, entre otras razones, por considerar que existían falencias jurídicas, financieras y de ocupación del espacio público que hacen inviable la puesta en marcha del proyecto, acogiendo los argumentos esgrimidos por varias entidades de la Administración Distrital.

Según Planeación Distrital, Bogotá tiene 163 baños públicos, es decir, dos baños por cada 160.000 habitantes, pero incluye los 11 ubicados en Transmilenio, 6 en Cades y SuperCades, 60 de la infraestructura del IDRD, 32 administrados por el IPES y 4 por el IDIPRON, que no solo son insuficientes para atender la demanda de la ciudadanía, sino que debe llamar la atención sobre la necesidad de construir más en varios puntos de la capital.

El autor del Proyecto de Acuerdo Concejal Jorge Torres, por su parte, contradice las cifras del Distrito y advierte que el número de baños públicos asciende a 113, es decir, 1 por cada 50 mil habitantes otros cabildantes señalan que la cifra podría ascender a un año por cada 75 mil habitantes. En Suba hay 1 baño por cada 178.000 habitantes; en Bosa 1 por cada 141.000 y en el centro donde la población flotante asciende a 1.700.000 ciudadanos hay 19 baños públicos, es decir, 1 por cada 89.473 personas.


 “El llamado es a que se cumpla el fallo judicial que ordena la instalación, construcción, equipamiento, operación, puesta en funcionamiento y mantenimiento de los baños públicos…”


A la discusión sobre la cifra real se suma la afirmación del Alcalde Mayor según la cual se deben sumar los que están ubicados en locales y centros comerciales que suman 32.660, lo que equivale a decir, según el gobierno Distrital a un baño por cada 33 habitantes sobre un potencial de usuarios de un millón de personas.

El Código de Policía en el Artículo 88 señala que esos establecimientos podrían ser objeto de multas hasta de 104.166 pasos en caso de no prestar ese servicio.  “Es obligación de todos y cada uno de los establecimientos de comercio abiertos al público, prestar el servicio de baño a niños, mujeres en evidente estado de embarazo y adultos de la tercera edad cuando así lo soliciten, sin importar que los mismos sean sus clientes o no. La inobservancia de la presente norma tendrá como consecuencia la imposición de una Multa General Tipo 1 o suspensión temporal de actividad”

Muchos locales han establecido tarifas entre los 500 y los 2.000 pesos con papel higiénico incluido por el servicio de baño pero la mayoría prefiere no prestarlo por razones de seguridad ya que se roban las tapas de los sanitarios, las llaves del lavamanos y hasta las cisternas. Además  se abstienen de hacerlo argumentando motivos de salud.

Creemos que es importante brindar alternativas a los ciudadanos, porque aunque se ha anunciado que a través de Asociaciones Público-Privadas (APP), se estudia la construcción de baños públicos, la Administración Distrital cuestionó la falta de espacio público y de recursos para construir este tipo de infraestructura teniendo en cuenta que de acuerdo con los estudios el costo de un baño para que esté medianamente atendido es entre 6 y 7 millones de pesos mensuales, sin contar con el pago del agua, luz y demás.

Más allá de la controversia, creemos que es importante que se adelante un programa de construcción de baterías sanitarias porque la ciudad lo requiere. Se debe acatar el fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que ordenó dar cumplimiento a un proyecto de Acuerdo aprobado en 2006. Debido al incumplimiento del fallo de 2011, el Juzgado 35 Administrativo del Circuito Judicial le impuso a la Alcaldía una multa equivalente a 30 SMLV unos  23 millones 437 mil 260 pesos.

Pero además hay un elemento fundamental en esta discusión sobre las necesidad de construir baños públicos en la ciudad y está relacionado con lo previsto en el Artículo 140 del Código Policía en su numeral 11 que prevé que es objeto de una multa tipo 4 lo que significa unos 833 mil 324  pesos a las personas por “realizar necesidades fisiológicas en el espacio público”.

El llamado es a que se cumpla el fallo judicial que ordena la instalación, construcción, equipamiento, operación, puesta en funcionamiento y mantenimiento de los baños públicos porque se trata de garantizarle a los ciudadanos unos espacios en condiciones dignas para estos casos, ya que hoy solo se hacen  obligatorios en los establecimientos comerciales solo para un sector de la población como lo mencionamos anteriormente.