marzo 22, 2025

Santofimio

La JEP le cierra las puertas a Santofimio y a Maza Márquez

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) finalmente decidió no incluir bajo su jurisdicción los casos de Santofimio y Miguel Maza Márquez por el asesinato de Luis Carlos Galán en 1989. En primera instancia la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas ya había negado esta solicitud en abril del año 2019, pero fue la Sección de Apelación la que finalmente decidió no concederle esta oportunidad a los implicados en estos hechos.  De acuerdo con el magistrado de la JEP, Eduardo Cifuentes, el magnicidio de Luis Carlos Galán se produjo por hechos relacionados con el narcotráfico y no con el conflicto armado.  “Se presentaron dos peticiones de sometimiento: uno por el homicidio de Galán (no se acepta) y otro por el delito de concierto para delinquir que afecta principalmente a Maza Márquez, exdirector del DAS, dado que tiene una relación con el conflicto armado interno por su participación en la conformación de grupos paramilitares en el Magdalena Medio”, indicó Cifuentes.  Ambos casos quedarán bajo la jurisdicción de la Corte Suprema de Justicia, entidad encargada para seguir con el proceso legal de Santofimio y Maza Márquez luego de haber sido encontrados culpables del asesinato de Galán en la plaza municipal de Soacha en agosto de 1989.  

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Santofimio seguirá tras las rejas

El exsenador Alberto Santofimio. condenado a 24 años de prisión por el asesinato del excandidato a la Presidencia, Luis Carlos Galán, ocurrido en 1989 en Soacha, solicitó el beneficio de casa por cárcel, petición que fue negada por un juez de penas. De acuerdo con la ley, uno de los requerimientos para acceder a ese beneficio es haber pagado 3/5 partes de la sentencia y hasta el momento Santofimio no ha cumplido sino siete años y cinco meses de reclusión. Pese a realizar estudios y trabajos en prisión, no tendrá derecho a la gozar de la cárcel domiciliaria. De acuerdo con el juez, el acusado no ha dado muestras de arrepentimiento o actitud de redención con las víctimas y por el contrario “ha demostrado una rotunda indiferencia” frente a las mismas. Por lo tanto, determino inaplicable el beneficio de libertad condicional. La justicia agregó un agravante a su decisión, debido a que Santofimio se ha “sustraído de la obligación del pago de los perjuicios materiales originados de la muerte de Luis Carlos Galán”. El crimen del dirigente político fue atribuido entonces a integrantes del Cartel de Medellín.

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Procuraduría se opone a que exsenador Alberto Santofimio se acoja a la JEP

Para el Ministerio Público el crimen de Luis Carlos Galán buscaba favorecer sus aspiraciones políticas y eliminar obstáculos para continuar con la actividad del narcotráfico. La Procuraduría General de la Nación solicitó a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) rechazar la petición de acogimiento hecha por el exsenador y precandidato presidencial, Alberto Santofimio Botero, porque los hechos que rodearon el crimen del líder político Luis Carlos Galán Sarmiento, por los que fue sentenciado a 24 años de cárcel, no tuvieron relación con el conflicto armado. A través de un concepto enviado a la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, el Ministerio Público pidió que se decretara la falta de competencia de la JEP para conocer los delitos por los que fue condenado Santofimio Botero, y devolver el expediente al Juzgado Dieciséis de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, para que continúe la vigilancia y el control del cumplimiento de la sentencia. Precisó que la reconstrucción histórica y judicial del magnicidio de Luis Carlos Galán Sarmiento confirmó que “se pretendía beneficiar las aspiraciones políticas personales del aquí compareciente y de otro lado, facilitar y eliminar obstáculos para continuar con la actividad del narcotráfico”, de su aliado, el capo del cartel de Medellín, Pablo Escobar Gaviria. La Procuraduría señaló que pese a que las repercusiones históricas y políticas del crimen del candidato Luis Carlos Galán Sarmiento no fueron menores, se trató de un delito común sin relación con el conflicto armado, contrario a lo afirmado por el exsenador en su solicitud de acogimiento a la JEP. “Se hace necesario dejar claro que el homicidio de Luis Carlos Galán Sarmiento obedeció a un contexto de criminalidad relacionada con el narcotráfico, que además pretendía imponer en el país un ambiente de miedo e incertidumbre”. El 31 de agosto 2011 la Corte Suprema de Justicia dejó en firme el fallo que condenó a Santofimio Botero como coautor responsable de un concurso de tres homicidios con fines terroristas del líder del Nuevo Liberalismo Luis Carlos Galán Sarmiento, el detective Santiago Cuervo Jiménez y el concejal Julio César Peñalosa Sánchez. Ante la solicitud del exsenador Santofimio Botero, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas asumió su estudio para verificar si se reunían los requisitos para entrar en la JEP, entre ellos que los hechos punibles cometidos tengan relación con el conflicto armado interno. Con información de la Procuraduría General de la Nación 

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