mayo 9, 2026

Ministerio de Agricultura y Desarrolllo Rural

ONU destaca grandes esfuerzos y compromiso del Gobierno de Gustavo Petro con la Reforma Rural Integral

“Hoy quiero reconocer, en presencia del Presidente Gustavo Petro, los grandes esfuerzos y el compromiso del Gobierno Nacional con la Reforma Rural Integral”, aseguró Carlos Ruiz Massieu, jefe de la Misión de Verificación del organismo multilateral en Colombia. La Organización de Naciones Unidas destacó los “grandes esfuerzos” y el “compromiso” del Gobierno del Presidente Gustavo Petro con la Reforma Rural Integral, al tiempo que lo alentó a mantener dichos logros y la concertación para alcanzar su implementación.  Según el funcionario internacional, el Gobierno del Cambio ha demostrado su total compromiso y avances tangibles a través de decisiones como “el haber duplicado el presupuesto destinado al sector agrícola y al desarrollo rural y los avances de la formalización y compra de tierras”. “Celebramos la adopción de mecanismos que facilitan continuar con dichos avances en el Plan Nacional de Desarrollo 2023-2026”, enfatizó Ruiz Massieu, que participó -junto al Presidente Petro, en el Acto de Entrega de la Constitución Política que reconoce Derechos al Campesinado, en Bogotá. Hallazgos por parte de la ONU El representante de la ONU también destacó los logros alcanzados por el Gobierno colombiano en materia normativa tales como “el reconocimiento a los campesinos y campesinas como sujetos de derecho y la creación de la Jurisdicción Agraria que, dijo, “son ajustes constitucionales determinantes para el avance la Reforma Rural Integral y, por supuesto, del desarrollo del país”. “También quiero destacar la inserción de algunas de las más valoradas propuestas de los campesinos en el Plan Nacional de Desarrollo, como la creación de la Comisión Mixta Nacional para Asuntos Campesinos y el reconocimiento y fortalecimiento de territorialidades campesinas”, precisó. “Quisiera expresar la esperanza de que estos logros se mantengan en el tiempo y animar a que el diálogo y la concertación siga siendo el mecanismo permanente para la efectiva implementación de la Reforma Rural Integral”, puntualizó el representante de Naciones Unidas en Colombia.  Avances en torno al acuerdo de Paz El pasado 13 de junio, el Congreso aprobó los proyectos de acto legislativo de Jurisdicción Agraria y Rural y el reconocimiento al campesinado como sujeto de derechos presentados por el Gobierno Nacional y que hicieron parte de las promesas de campaña del hoy Presidente de la República, Gustavo Petro. Ambos proyectos de acto legislativo modificaron la Constitución Política para que, de un lado, se reconociera explícitamente que el campesinado es sujeto de derechos y de especial protección y, de otro, se creara la Jurisdicción Agraria y Rural.La Jurisdicción Agraria había quedado contemplada en el primer punto del Acuerdo de Paz firmado en noviembre de 2016 entre el Estado colombiano y las extintas Farc.  Tomado de la Presidencia de la Republica 

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El ICA fijó requisitos para movilización de animales desde las zonas de protección

A través de la Resolución 60865, el Instituto Agropecuario de Colombia (ICA)   actualizó los requisitos sanitarios para la movilización de animales susceptibles a fiebre aftosa y sus productos, desde la zonas de protección, que incluye algunos municipios de Norte de Santander y la anteriormente llamada zona de   alta vigilancia, que comprende un área de 15 km desde la frontera con Venezuela, en los departamentos de Arauca, Vichada, y el municipio de Cubará, en Boyacá, hacia el resto del país. “Como consecuencia de la visita realizada a Colombia por parte de una comisión de expertos en fiebre aftosa de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE), en noviembre del año pasado, se identificó la necesidad de realizar la actualización de los requisitos anteriormente establecidos para la movilización de animales y sus productos,   desde las zonas de protección, con el fin de lograr la recuperación de la condición de país libre de fiebre aftosa con vacunación”, indicó la gerente general del ICA, Deyanira Barrero León. Para la movilización de rumiantes y porcinos domésticos con destino a predios en las zonas libres con vacunación, la persona interesada deberá realizar una solicitud por escrito ante la oficina del ICA en donde esté registrado el predio de origen de los animales. DE acuerdo al comunicado, para expedir la autorización, el ICA verificará que: E l predio esté registrado ante la Entidad. Se hayan vacunado todos los bovinos contra la fiebre aftosa en los últimos cuatro ciclos. Los animales estén identificados con los dispositivos oficiales. Los animales se aislaron en una explotación durante los 30 días anteriores al embarque. Todos los animales aislados dieron resultados negativos en las pruebas de diagnóstico para la detección del virus de la fiebre aftosa. El Instituto hará la verificación de la condición sanitaria de los animales y la supervisión de embarque, así como el precintado de los vehículos. Para el caso de la movilización de rumiantes y porcinos domésticos desde las zonas de protección con destino directo a plantas de beneficio ubicadas en las zonas libres con vacunación y que cumplan con todos los requisitos anteriormente mencionados, no se aplicará la exigencia de deshuesar las canales, ni la retención de vísceras, cabezas, patas y hueso. La movilización de rumiantes y porcinos domésticos desde las zonas de protección con destino directo a plantas de beneficio ubicadas en las zonas libres con vacunación deberán cumplir con los siguientes requisitos: Los predios deben tener la Autorización Sanitaria y de Inocuidad o estar certificados en Buenas Practicas Ganaderas. Los animales han permanecido en la explotación de origen por lo menos tres meses antes del transporte a la planta de beneficio. Durante los 30 días anteriores al transporte, no haber introducido en la explotación de origen ningún animal susceptible a la fiebre aftosa y ningún animal de la explotación de origen debe haber manifestado signos clínicos de la enfermedad. Los animales se transportan directamente de la explotación de origen a planta de beneficio, bajo supervisión de la autoridad veterinaria, en un vehículo previamente lavado, desinfectado, y sin tener contacto con otros animales susceptibles a la fiebre aftosa. Una vez finalizado el sacrificio, para la comercialización de las carnes frescas de estos animales se debe cumplir con: deshuesado de las   canales, retiro de los principales nódulos linfáticos, ser sometidas, antes del deshuese, a un proceso de maduración a una temperatura superior a +2 grados centígrados durante un periodo mínimo de 24 horas después del sacrificio, y en las que el pH de la carne, medido en el centro del músculo longissimus dorsi en cada mitad de canal, era inferior a 6.0. Otros productos obtenidos de estos animales como vísceras, cabezas, patas y hueso deben ser retenidos y destruidos por representar un riesgo sanitario. Información tomada del Ministerio de Agricultura y Gobernación de Arauca. 

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