¿Cuál es la reforma a la justicia que necesitamos?

Por: Carlos Germán Navas Talero Representante a la Cámara por Bogotá D.C. Polo Democrático Alternativo En Colombia se ha convertido en un lugar común señalar que la justicia se encuentra en crisis, tanto por las denuncias de corrupción que involucran a sus diferentes actores (magistrados, jueces, partes y apoderados), como por la congestión de los despachos judiciales y la demora en la decisión de los procesos.  Todos esos factores inciden sobre la legitimidad del sistema de justicia, entendida como la percepción de sus usuarios y actores sobre su capacidad para resolver cumplida e imparcialmente las disputas sometidas a su conocimiento, la cual depende para alcanzarla del proceder correcto de los órganos que la conforman con respecto a todos los procedimientos establecidos en el ordenamiento jurídico.  En esa medida, la construcción de esa legitimidad implica no solo el reconocimiento sino la efectividad del derecho fundamental de las personas a la tutela judicial efectiva, que abarca la garantía de acceso a la jurisdicción, la razonable duración de los procesos y el cumplimiento efectivo de las sentencias, que no se pueden satisfacer sin la independencia efectiva del funcionamiento del poder judicial.  De acuerdo con lo anterior, la ética y la eficiencia de los jueces y magistrados y los de su personal de apoyo son factores fundamentales para que la justicia alcance legitimidad y para lograrlos el diseño institucional influye, positiva y negativamente, para alcanzar ese cometido.  Así, un sistema de justicia tendrá legitimidad si sus usuarios y actores advierten que sus reglas de organización y funcionamiento atienden tanto al ejercicio independiente de la función como a la oportunidad y efectividad de sus pronunciamientos. Iniciativas fallidas Ahora bien, en los últimos años las iniciativas gubernamentales y congresionales, que han resultado fallidas en su trámite, y la única que ha sido aprobada tuvo un severo revés en la Corte Constitucional, han estado centradas en el diseño constitucional de la institucionalidad de la rama judicial, y si bien ello es muy importante para la garantía del principio de separación de poderes y por ende del equilibrio y el control del abuso en el ejercicio del poder público, son cuestiones ajenas a los problemas que aquejan al ciudadano del común.  Se requiere por tanto de una decisión política del más alto nivel que limite la cantidad de programas de derecho y reduzca la oferta en función de las necesidades reales de la sociedad. En esa medida, lo que se tendría que entrar a resolver son los asuntos que le dan contenido y aplicación a la tutela judicial efectiva. A pesar de que los problemas relativos a la congestión y a la mora judiciales no son novedosos y más bien han sido una constante, y en el pasado reciente trataron de ser resueltos con el cambio en el modelo de procesamiento mediante la adopción de un esquema mixto que incorpora la impulsión del trámite por audiencias concentradas y el uso de la oralidad, parecería ser que, con el paso del tiempo, la congestión y las demoras han ido tendiendo a las mismas cifras que se tenían con el sistema procesal anterior, por lo cual habría que indagar si la respuesta a estos problemas está en el diseño institucional, que es lo que ha concitado la atención de las propuestas normativas para resolverlos, o si la solución hay que buscarla en otra parte. Acceso a la administración de justicia En relación con el acceso a la administración de justicia se hace necesario incrementar el número de operadores del sistema de justicia, lo que incluye a jueces, comisarios y defensores de familia, fiscales, conciliadores, inspectores de policía etc., y distribuir esas plazas adecuadamente dentro del territorio nacional en función de la demanda efectiva y no satisfecha con el número actual.  Ello significa que se tiene que hacer realidad la tantas veces postergada asignación presupuestal apropiada para la justicia, pero no enfocada únicamente desde la destinación específica para la rama judicial, sino desde el entendimiento sistémico de la problemática, que también incluye entidades y servidores públicos situados en la rama ejecutiva, pero que hacen parte del sistema de justicia, como los defensores de familia o los inspectores de policía. De allí que sea necesario realizar un inventario de la demanda no satisfecha de justicia por falta o insuficiencia de operadores, estimar los costos directos e indirectos que requeriría su creación y puesta en marcha y asignar los recursos presupuestales requeridos para cubrir este faltante.  De manera complementaria, la garantía de la razonable duración del proceso está íntimamente relacionada con la suficiencia del sistema para evacuar oportunamente las decisiones en función de la carga por despacho. Parte del desbordamiento en la capacidad de respuesta se resolvería con un mayor número de oficinas y operadores, pero también se podría contribuir a la disminución del número de asuntos que el sistema debe soportar con medidas como la desjudicialización de ciertos conflictos, la renuncia a la recurrencia al derecho penal como solución para la conflictividad social, la utilización eficiente de los recursos tecnológicos que podrán aplicarse con mayor intensidad en los trámites ante los operadores del sistema.  Pero sin duda un elemento central lo constituye el replanteamiento de la formación de los abogados y la evaluación del número de profesionales del derecho que la sociedad requiere. Así como Colombia es el segundo país con mayor nivel de desigualdad en el continente, solamente superado por Haití, situación que, sin duda, contribuye a la conflictividad que luego se judicializa, también es el segundo país del área con el mayor número de abogados por cada cien mil habitantes.  Sin duda el exceso de profesionales en derecho termina presionando el aparato judicial por una elemental razón de subsistencia. A ello se añade la formación del abogado enfocada en el conflicto como eje de la solución a los problemas. Se requiere por tanto de una decisión política del más alto nivel que limite la cantidad de programas de derecho y reduzca la oferta en función de las necesidades reales de la sociedad; que los programas existentes sean materia de un riguroso

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