¿Por qué la Corte Constitucional tumbó el decreto que permitía suscribir contratos de manera directa con comunidades?
La Corte Constitucional tumbó el decreto con el que el Gobierno buscaba contratar de manera directa con comunidades en proyectos de infraestructura vial. Mediante el decreto 1961 de 2023 el Gobierno Nacional propuso otorgar facultades extraordinarias al presidente durante 6 meses para crear el Instituto Nacional de Vías y Regionales (INVIR), una entidad pública adscrita al Ministerio de Transporte, con el objetivo de fomentar la construcción , mejoramiento y conservación de caminos vecinales o de carácter regional. Sin embargo, la Corte Constitucional declaró inexequible la medida. El fallo se dio tras la acción pública de inconstitucionalidad adelantada por el representante del Centro Democrático, Hernán Cadavid, el 4 de diciembre del 2023, contra el artículo 10 del decreto, donde se establecen las facultades del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Vías Regionales (INVIR). Según el congresista, el decreto vulnera la ley 80 de 1993, mediante la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública. “Acabamos de recibir la noticia de la Corte Constitucional que, producto de nuestra demanda contra el decreto del INVIR, ha declarado inexequible el artículo 35 que pretendía de servir de burladero de la ley 80; entregar la contratación pública multimillonaria a organizaciones sin la capacidad y seguramente afines al Gobierno en vísperas de la campaña”, manifestó Cadavid, a través de X. La Corte determinó que el presidente no tiene las facultades para modificar el régimen de contratación estatal. Además, señaló que el decreto podría vulnerar los principios de transparencia, igualdad y selección objetiva en los procesos contractuales.