Tribunal Administrativo desestimó nombramiento de Verónica Alcocer como embajadora de comisión especial
Los magistrados del Tribunal Administrativo de Cundinamarca desestimaron el decreto con el que el Jefe de Estado nombró Verónica Alcocer, primera dama de la República como embajadora de una comisión especial con viáticos que le permitieron visitar al Papa Francisco en enero de 2023, en Roma (Italia), por lo que tomaron la determinación de “declarar la nulidad del artículo 1 del Decreto No. 0035 del 12 de enero de 2023″. Como es del conocimiento público el Decreto No. 0035 del 12 de enero de 2023, en su artículo 1 expedido por Gustavo Petro Urrego, otorgaba una comisión de servicios, a la esposa del Mandatario Nacional. Con base en lo anterior el Tribunal, dictamina que el mismo “se encuentra viciado de nulidad, en razón del vínculo que la une con el señor Presidente de la República”. Por lo anterior concluye el alto tribunal que el ordenamiento jurídico nacional caracteriza el papel de la cónyuge o compañera permanente del Presidente de la República, como la de un particular que, por tener un vínculo con el alto funcionario, realiza labores protocolarias y de asistencia social en apoyo de aquel. Lo establecido por la corte reitera que la institución del embajador en misión especial, se regula por un estatuto jurídico internacional, incorporado al ordenamiento jurídico nacional que implica el ejercicio de función pública, dada la materia trascendental que se confía a aquél en el tratamiento de asuntos de Estado. “Conforme a lo anterior, el nombramiento hecho en la persona de la señora Verónica del Socorro Alcocer García como Embajadora en Misión Especial, tiene los elementos de la prohibición del artículo 126, inciso 1, de la Constitución para el servidor público a quien le está vedado nombrar a su cónyuge o compañera permanente”, especifica el documento emitido por el Tribunal.